¿Alguna vez te han dado ganas de incumplir la orden directa de un superior en el trabajo? ¿Te has sentido totalmente en desacuerdo con una directriz de la empresa pero aún así la has acatado? Si es así, has hecho bien. Como empleado estás obligado "a cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas", según indica el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores. Pero es normal que en ocasiones hayas cuestionado un mandato. E incluso hay casos en los que tendrías derecho a desobedecer.
Como decimos, incumplir una orden directa tiene consecuencias, dependiendo de la gravedad de la indisciplina, pudiendo ir desde una amonestación o aviso, a una sanción de empleo y sueldo o, en caso de suma gravedad, un despido disciplinario. Así pues, ateniéndonos al Estatuto de los Trabajadores, no se puede desobedecer una orden o instrucción de forma unilateral.
Por norma general todos los mandatos deben ser cumplidos, y en caso de que el trabajador no esté conforme, lo mejor que puede hacer es acatar la orden y posteriormente demandar ante los tribunales la inadecuación de la misma. Y no, la legislación laboral no exige que el empresario tenga que realizar las órdenes por escrito. Otra cosa es que, en la práctica, en ciertos casos opte por notificarlo por escrito para que quede constancia de la orden realizada.
No obstante, los órganos judiciales han ido admitiendo una serie de excepciones que sí permitirían al trabajador desobedecer las órdenes empresariales. La legislación laboral no detalla de manera clara qué ordenes son correctas y cuáles inadecuadas, sino que es la jurisprudencia la que ha ido delimitando las causas que justificarían la indisciplina.
Por tanto, esta actitud siempre comporta un riesgo y una inseguridad, ya que la empresa puede sancionar dicha desobediencia, y luego será un juez el que determine si era razonable que el trabajador se negara a acatar la orden. Básicamente, estos son los tres casos en los que es posible negarse a cumplir con las órdenes que nos dan en nuestro trabajo, según recogen en el portal especializado Iberlay:
Si tu caso no encaja realmente con ninguno de estos escenarios, lo mejor que puedes hacer es cumplir con la orden y después reclamar ante la jurisdicción social. En primer lugar tendrías que presentar una papeleta de conciliación y si en ese acto no se llega a un acuerdo, interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social. O también puedes denunciar directamente ante la Inspección de Trabajo.