La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2021, que incluye como principal novedad el alza del impuesto para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios de más de 10 millones, arrancó el pasado miércoles 6 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet.
Desde entonces, millones de españoles han presentado su declaración de la renta esperando a que la Agencia Tributaria ingrese correctamente sus pagos. Muchos de ellos se han dado prisa en presentar su declaración con la intención de recibir su dinero lo antes posible. Sin embargo, este es uno de los tantos mitos que envuelven cada año a la Campaña de la Renta y Patrimonio.
Una de las leyendas urbanas que más peso han cogido con el paso del tiempo es que cuánto antes presentes tu declaración de la renta, antes recibirás correctamente tu pago en tu cuenta bancaria. No obstante, hay que destacar que la propia Agencia Tributaria trabaja con una serie de plazos generales para realizar estos pagos.
Si la declaración de la renta te ha salido a devolver, lo normal es que Hacienda tarde un período de entre una semana y quince días en abonarte tu pago. Aún así, este pago puede demorarse más de lo previsto y puede tardar meses en llegar a nuestra cuenta corriente.
Sin embargo, la Agencia Tributaria puede tardar hasta un período de seis meses en revisar tu borrador. Por tanto, el plazo para las devoluciones podría alargarse hasta seis meses después de que finalice el plazo establecido.
Es decir, se podría dar el caso en el que Hacienda no abone el pago correspondiente hasta el 1 de enero del año próximo.
Todo esto no queda aquí y es que hay otros casos en los que la propia Agencia Tributaria ha alargado el plazo máximo del pago y se ha retrasado en ingresar el dinero.
En este caso, si Hacienda no ha devuelto nuestro dinero a 1 de enero del siguiente año, tendrá que abonarnos más dinero que nos corresponde en la devolución al tener que sumar un porcentaje de intereses por el retraso.
En el caso de recibir con retraso el pago de Hacienda, la Agencia Tributaria deberá abonar la devolución más unos intereses del 3,75%.