Desgravar el alquiler en la declaración de la renta 2021: ¿cómo se hace?
Puedes desgravarte el alquiler de tu piso en la declaración de la renta 2021
Sólo podrán desgravarse los alquileres firmados antes del 1 de enero de 2017
¿Puedo desgravar mis seguros de vida en la declaración de la renta 2021?
Si vives de alquiler, es importante que sepas que puedes desgravarte el gasto en la declaración de la renta 2021, que comienza el próximo 6 de abril. Al igual que ocurre con la hipoteca, para poder deducirte el alquiler tienes que cumplir una serie de requisitos:
Cómo desgravar el alquiler en la declaración de la renta 2021
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En el ejercicio de la renta 2021 sólo podrán desgravarse los alquileres firmados antes del 1 de enero de 2017 o, en su caso, la ampliación de los mismos. Es decir, el requisito principal es que lleves alquilado en esa casa desde antes del año 2017, incluso si has firmado un nuevo contrato en vez de prorrogar uno antiguo.
Otro de los requisitos para desgravar el alquiler es no superar cierto nivel de ingresos en la base liquidable general o en la base liquidable del ahorro.
Si cumples esos requisitos, este apartado se encuentra en las casillas 562 y 563 de la renta.
En cuanto al arrendador de la vivienda alquilada, él sí que debe incluir en la declaración de la renta de forma obligatoria las rentas que recibe por el alquiler de la casa, ya que son rendimientos de capital inmobiliario.
¿Cuánto desgrava la renta en el alquiler?
Para calcular esto hay que tener en cuenta que en este apartado existe una deducción por parte estatal y otra comunitaria, que depende de cada región, con diferentes condiciones en cada una.
En la parte de la deducción estatal, esta es progresiva en función de tus ingresos. Así, esta desgravación es del 10,05 % del alquiler que pagas sobre una base máxima de 9040 € anuales. Esto significa que como mucho podrás deducir 904 € al año de lo que has pagado de alquiler, como recoge En Naranja.
Además, al ser progresiva en función de tus ingresos, el máximo sólo está disponible para las personas con una base imponible inferior a 17.707,2 €. A partir de ahí se va reduciendo, y si tu base imponible es superior a esos 24.107,2 euros, no podrás desgravarte nada por el alquiler.
A esta deducción estatal se suma la parte de las comunidades, donde existen muchas diferencias dependiendo de dónde te encuentres. En Madrid, por ejemplo, la desgravación es de un 30 % del alquiler y un máximo de 1000 €, mientras que en la Comunidad Valenciana la deducción es del 15 % del alquiler y un máximo de 550 €.