Según ha indicado, algunas familias se han desgravado de esas cuotas al considerarlas como una donación, siendo en realidad “un dinero que se entrega a cambio de una prestación”, por lo que “no puede seguir esos parámetros”.
Si se tratase de donativos a las fundaciones de los colegios concertados, sí se podrían desgravar.
A este respecto, Montero se ha apresurado a precisar que “la mayoría de las familias” han consignado esas cuotas de forma adecuada y no ha habido “ningún problema”, matizando que corresponde a la Agencia Tributaria decidir si ha habido una “clara interpretación de la norma” en el caso de estos padres que han declarado las cantidades como donación, y si no es así, se solicitará a la familia una declaración complementaria para devolver lo desgravado.
En este sentido, desde la Agencia Tributaria se incide en que no se está llevando a cabo una campaña específica, si bien se reconocen “controles puntuales desde hace tiempo en distintos puntos del territorio”.
Cuando se detecta una contraprestación por ese pago, esto es, en el caso en el que el supuesto donativo financia una actividad ordinaria del colegio que repercute en el alumno, se produce la regularización. “En este caso, no es un donativo y se elimina la deducción de IRPF”, explican.
El problema en este punto está en que, como ha denunciado la Confederación Española de Asociaciones de padres y madres del alumnado (CEAPA), algunos padres, tras negarse a hacer ciertos pagos en teoría voluntarios, han comprobado cómo “excluyen a sus hijos de las actividades o los mandan a otra clase con o sin atención”.
Buena parte de los centros concertados hacen pasar los pagos como donativos, pero la voluntad no existe. Son pagos obligatorios que los padres no pueden evadir y que, sin embargo, son irregulares, porque ya estos colegios reciben subvenciones del Estado, como confirma Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda.
Hacienda podría pedir la devolución de lo desgravado desde 2015, dado que las irregularidades fiscales prescriben a los cuatro años, y desde su Ministerio en un comunicado posterior han recalcado que “no se ha producido ningún cambio legal ni de criterio”, insistiendo en que la actuación “sigue siendo la misma que en los últimos años”, si bien la repercusión del caso inevitablemente está llamada a hacer que los padres que están desgravándose por esos donativos que no son tal “quizás se lo replanteen”.
No obstante, desde Escuelas Católicas (EC), organización que agrupa a la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza-Titulares de Centros Católicos (FERE-CECA) y de Educación y Gestión (EyG), han hecho un llamamiento a la produencia, recalcando que “siempre que cumplan los requisitos previstos en la Ley 49/2002 de Mecenazgo (voluntariedad y sin exigencia de contraprestación), dichas aportaciones voluntarias pueden ser objeto de desgravación fiscal por parte de los donantes”.
En este sentido, recalcan, no se ha producido ninguna modificación de dicha ley, subrayando que la Agencia Tributaria ha admitido las deducciones de donaciones realizadas por padres en colegios concertados "con carácter general desde hace 20 años".
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