El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación parlamentaria de la conocida como Ley de 'startups' mediante la cual se pretende agilizar la creación de nuevas empresas de base tecnológica y convertir a España en un 'hub' europeo para el emprendimiento. Entre las principales medidas destaca una reducción del tipo del impuesto de Sociedades del 25 % al 15 % hasta un máximo de cuatro años.
Así, se reduce para las startups el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la calificación de empresa emergente.
Asimismo, se incluye la posibilidad de que las startups soliciten el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes en el primer ejercicio en el que base imponible sea positiva y en el siguiente, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
Además, para fomentar el impulso a la inversión en el ecosistema emprendedor de España, se eleva de 60.000 a 100.000 euros anuales la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, así como el tipo de deducción (al 40%) y el periodo cubierto (que pasa a 5 años para todos los sectores y hasta 7 años para empresas en los ámbitos de biotecnología, energía e industria).
También se mejora la tributación de los derechos u opciones sobre acciones o participaciones sociales para empleados, las conocidas como stock options, al elevar de los 12.000 a los 45.000 euros el mínimo exento anual para las empresas que sean certificadas como emergentes.
Asimismo, con el fin de favorecer la instalación en España de los llamados 'nómadas digitales', se crea un nuevo tipo de visado específico para personas que trabajan en España para una empresa extranjera, incluyendo en el ámbito audiovisual.
Además, se crea un régimen tributario específico para que estas personas en teletrabajo desplazadas a territorio español se sometan al impuesto sobre la renta de no residentes, relajándose los requisitos para acceder a este régimen (pasando de 10 a 5 años el requisito de no ser residente fiscal en España) y se amplía el periodo de su disfrute de 5 a 10 años.
Con el objetivo de facilitar y agilizar la actividad emprendedora desde las administraciones públicas, se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva.
Además, el Anteproyecto incluye la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF).
Por otro lado, teniendo en cuenta que el fracaso de una empresa emergente debe aceptarse como un hecho normal, se agilizan los trámites para el cese de actividad, que se cumplimentarán por vía electrónica.
Igualmente, se hace una regulación general y básica sobre los entornos de prueba regulados basados en la reciente experiencia exitosa del sandbox del sector financiero. De esta forma se promoverá la creación de entornos controlados, por períodos limitados de tiempo, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva.
Con esta nueva propuesta normativa, el Gobierno pretende regular y flexibilizar todas las actividades que las empresas emergentes tienen que llevar a cabo con la Administración a lo largo de su ciclo de vida, en particular en sus primeras etapas, debido a la cantidad de trámites que conlleva el desarrollo de una empresa innovadora de reciente creación y que la penalizan con respecto a otras pymes en aspectos como la fiscalidad o el trámite de visados cuya regulación contempla la nueva Ley.
El texto sometido a audiencia se dirige a todas las empresas o emprendedores de nueva creación y grupos de empresas "emergentes", con sede social o establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no cotizadas y de carácter innovador.
Este anteproyecto busca también favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas emergentes, impulsar la I+D+i, también en la Administración mediante compra pública innovadora, y fomentar la colaboración de las empresas emergentes y los emprendedores con las universidades y centros de investigación.