Los documentos necesarios para evitar el bloqueo de una cuenta y de cualquier producto bancario son:
-La presentación del DNI, NIE o pasaporte será necesaria para cualquier cliente.
- Declaración de la Actividad Económica (DAE). Este es un documento que tiene que ser rellenado y firmado por el cliente y que recoge parte de su actividad económica.
- Documento que acredite la actividad económica o profesional.
Algunos de los documentos que servirán para acreditar este aspecto son un recibo de la nómina actual, un certificado de relación laboral emitido por el empleador, un certificado de haberes, pensión o subsidio, la declaración de IRPF del último ejercicio, un contrato laboral vigente, un acta de actividad en Hacienda, la última declaración trimestral o anual del IVA o de retenciones de IRPF, el último recibo del colegio profesional o el recibo de la Seguridad Social en el régimen de autónomos.
Qué ocurre si bloquean tu cuenta bancaria
Cuando tu cuenta se bloquea, el dinero que tienes en ella pasa a quedar totalmente congelado.
Tampoco podrás contratar nuevos productos ni servicios financieros y, además se verá afectada tu operativa diaria como ingresos, transferencias, pagos de recibos, retirada de efectivo por lo que no podrás realizar ninguna operación con tu dinero ni disponer de él.
Presentar los documentos o enviarlos, depende del banco
Algunos bancos están solicitando la presencia en las sucursales de sus clientes para digitalizar el DNI y que completen los documentos necesarios.
Muchos bancos están dando la posibilidad de enviar la documentación solicitada por internet en un apartado específico de su web.
La banca considera que podrían quedar bloqueadas 7,5 millones de cuentas a principio de mayo de 2015. En España hay, aproximadamente 80 millones de cuentas bancarias, de las cuales 50 pertencen a particulares, se calcula que un 15% de estas tienen la documentación sin actualizar.