Declaran ilegal la huelga de los trabajadores de Metro de Madrid de junio

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 24/01/2011 11:08

La sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid estima la demanda en proceso de concepto colectivo interpuesta por Metro de Madrid contra los sindicatos con representación en el suburbano madrileño (CCOO, UGT, Solidaridad Obrera, Sindicato de Conductores, Sindicato Libre, Sindicato de Técnicos y Sindicato de Estaciones), el comité de huelga y el comité de empresa.

Así la Justicia ha declarado "ilegal" una huelga en la que o se respetaron los servicios mínimos. El responsable de CCOO en Metro, Ignacio Arribas, ha adelantado que recurrirán esta decisión.

El tribunal señala que, de acuerdo con una sentencia el Tribunal Supremo de noviembre de 2000, "las únicas huelgas que tienen la condición de ilícitas por presunción legal son las efectuadas por los trabajadores que prestan servicios en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir el servicio productivo y las de celo o reglamento".

"La desproporción y extralimitación en el ejercicio del derecho fundamental a la huelga no sólo resulta de las cifras económicas de pérdidas, sino de la comparación con las jornadas de huelga precedente y posteriores que se desarrollaron observando los servicios mínimos establecidos", recoge la sentencia.

Sindicatos de Metro han anunciado que recurrirán ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El representante del sindicato UGT en el Comité de Empresa de Metro, Teo Viñuelas, ha hecho un primer análisis de la sentencia a falta de una lectura más exhaustiva y ha anunciado que los servicios jurídicos del sindicato se han puesto ya a trabajar en el correspondiente recurso.

Para UGT, el fallo del juez se asienta en "bases de poco calado", al centrarse en que Metro es un servicio esencial y "no entrar a valorar si los servicios mínimos eran o no abusivos".

En una línea similar se ha pronunciado también el secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (CC.OO.), Juan Antonio Olmos, que ha calificado la sentencia de "una equivocación de la jueza".

"La convocatoria nunca se impugnó. Se hizo formalmente y los dos días de huelga y otros muchos se desarrollaron con normalidad. Nunca fue objeto de controversia. Además, existe un incumplimiento flagrante en el convenio colectivo que se había firmado", ha añadido. EBP