La Justicia europea anula la multa de 1.500 millones de Bruselas a Google por abuso de posición dominante
La multinacional fue condenada a pagar una millonaria multa por una década de restricciones a páginas web de terceros facilitando a sus productos
La decisión del Tribunal General de la UE concluye que la investigación de la Comisión cometió errores en su apreciación de la duración de las cláusulas controvertidas de Google
Fallo de la Comisión Europea a Google por abuso de posición dominante al favorecer a sus servicios
El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado la multa de cerca de 1.490 millones de euros a Google que le ha impuesto la Comisión Europea. La multinacional fue condenada a pagar la millonaria multa por una década de restricciones a páginas web de terceros facilitando a sus productos y alterando el mercado de la publicidad online.
La nueva sentencia, ante la que cabe recurso, considera que durante su investigación los servicios comunitarios cometieron errores de apreciación respecto a la duración de las cláusulas controvertidas y a la parte de mercado afectada cuando se inició el caso.
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La Justicia europea de este Tribunal apunta que el Ejecutivo comunitario no logró establecer con claridad que cada una de las tres cláusulas señaladas constituyeran un abuso de posición dominante y, en su conjunto, una infracción única y continuada de las reglas de la Unión Europea.
Bruselas inició la investigación en 2006 contra Google sobre las presuntas prácticas abusivas y concluyó tres años después. Ahora el Tribunal General de la UE tumba la sanción impuesta por la Comisión Europea, a pesar de que reconoce “la mayoría de apreciaciones de la Comisión”, según el comunicado, pero agrega que "cometió errores en su apreciación de la duración de las cláusulas controvertidas, así como así como del mercado cubierto por ellas en 2016″.
El Tribunal General de La UE considera que no se valoraron bien las cláusulas controvertidas
Según la investigación comunitaria, durante ese periodo Google incluyó cláusulas de exclusividad en sus contratos, de manera que se prohibía a las webs situar ningún anuncio de búsqueda de competidores en sus páginas de resultados de búsquedas.
También introdujo sucesivamente otras cláusulas llamadas "de emplazamiento" y de "autorización previa", pero en los tres casos la compañía retiró las cláusulas a partir de 2016, año en que la Comisión Europea comenzó a investigar formalmente al considerar que esa solución resultó insuficiente.
En este contexto, el Alto Tribunal europeo considera que la Comisión no logró demostrar que las cláusulas controvertidas tuvieran la capacidad de disuadir a los editores para que no acudieran a intermediarios rivales de Google o que sirvieran para impedir a competidores de la tecnológica acceder a una parte significativa del mercado de los intermediarios publicitarios ligados a las búsquedas online.
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