Sentencia del Supremo: tienes derecho a la deducción por guardería aunque no sea un "centro de educación Infantil"

La última sentencia del Tribunal Supremo sienta jurisprudencia sobre la deducción por guardería en la Declaración de la Renta. Todas las guarderías, tengan o no autorización de centro educativo infantil, dan derecho a deducir en la declaración de la renta. Estos son los requisitos para hacer la reclamación y para recuperar la deducción de años pasados.

Dos sentencias del Alto Tribunal rechazan las pretensiones de la Agencias Tributaria que negaba la deducción si las guarderías no tenían la autorización administrativa de Centro de Educación Infantil, según ha publicado la Organización de Consumidores de Usuarios.

El Tribunal Supremo aclara y sienta jurisprudencia dictando que los gastos de custodia de menores de 3 años son deducibles en la Declaración de la Renta, tanto si se pagan a guarderías como a centros de educación infantil.

En su argumentación el Supremo explica que la autorización exigida por la Ley para poder deducir es la necesaria para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, pero no la otorgada por la Administración educativa correspondiente, que solo es exigible a los centros de educación infantil.

Es decir, que todos los progenitores, a partir de ahora, podrán deducirse y si se la han negado anteriormente, reclamar la deducción  también  para guarderías aunque no tengan la autorización de centro educativo infantil.

Requisitos para pedir la deducción por guardería, tras la sentencia del Tribunal Supremo

  • Que los gastos de mensualidad y comedor se paguen por meses completos.
  • Que no se utilicen cheques guardería o tarjetas guardería para pagar esos gastos.
  • Conservar documentos como la matrícula en la guardería y facturas de los pagos que hayas hecho a la guardería( por si Hacienda los solicita)

Cómo reclamar la deducción de declaraciones pasadas

Si los progenitores o tutores de un menore de 3 años pagaron los gastos por guardería y no solicitaron la deducción pueden reclamar la deducción de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. Para ello deben cumplir los requisitos legales y solicitar la rectificación de la declaración de cada ejercicio, así como la devolución de la deducción correspondiente.

  • La solicitud de rectificación debe hacerse en la web de la AEAT accediendo a la página de gestiones de IRPF, en el apartado "Modificación de una declaración ya presentada" para el ejercicio 2022, y en el apartado de "Ejercicios anteriores" para el resto de años. Recuerda que hay que modificar cada declaración presentada a través de RentaWeb incluyendo el incremento de la deducción que te corresponda. 
  • En el apartado "Aportar documentación complementaria" de la web de la AEAT te recomendamos presentar la documentación que pruebe los pagos realizados a la guardería, como copia de los recibos o documentos bancarios, por ejemplo. Al aportar la documentación podrás indicar que tienes derecho a la devolución de la deducción de acuerdo al criterio jurisprudencial fijado por el Tribunal Supremo en las sentencias del 08/01/2024.
  • Es importante hacer la solicitud de rectificación de la declaración de 2019 antes de que acabe el próximo mes de junio porque después no se podrá recuperar la deducción.

Otras recomendaciones y aclaraciones sobre la deducción por guardería

Si ya se reclamó y Hacienda denegó la deducción y no seguiste recurriendo, la resolución se entiende firme y no podrás solicitar de nuevo la deducción.

Si reclamaste y Hacienda no te contestó o estás pendiente de resolución de recurso, esta sentencia te da la razón y tendrá que devolverte la deducción que te corresponda más intereses de demora.

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