Los inquilinos denuncian que la ley de vivienda permitirá subidas de hasta un 35 % en los alquileres

El Sindicat de Llogateres ha advertido que la nueva ley de vivienda permitirá aumentos de alquiler. Según las excepciones permitidas en la norma, la entidad sindical ha simulado cuánto podría aumentar el alquiler promedio en un área tensa del mercado como Barcelona. Además denuncia que el gran agujero negro del texto son los alquileres de temporada que no tienen ningún tipo de regulación.

Las mejoras de accesibilidad en la vivienda permiten una subida del 10 % de la renta de alquiler

Los resultados son concluyentes: Un nuevo contrato de alquiler que se firmase este año podría suponer hasta un 35% de aumento de precio en 2028. 

Para los cálculos, se ha tomado de referencia el precio medio del alquiler de la ciudad de Barcelona en diciembre de 2022: 1.077€. Con el redactado actual de la Ley de Vivienda, a este precio se le podría añadir:

  • Un 10%, en el momento de renovación de contrato, alegando simples mejoras de accesibilidad, como una rampa o un nuevo interfono con vídeo.
  • Un 2% adicional, correspondiente a la actualización de 2023
  • El IBI, ya que la ley no prohíbe añadir tasas y tributos al precio del anterior contrato. El importe medio del IBI en la ciudad de Barcelona de 2021, según datos de OCU, es de 622 euros anuales. Es decir, 52 euros mensuales. 

Solo con estos tres elementos, ya se podría incorporar una subida del 19% en este mismo año 2023. Para calcular cómo evolucionaría este precio hasta el final del contrato, hay que tener en cuenta que la ley permite otra actualización del 3% en 2024, y nuevas actualizaciones a partir de 2025. Las actualizaciones a partir de 2025 serán en función de un nuevo índice, por ahora desconocido. Incluso suponiendo que dicho índice está bien diseñado y consigue limitar las actualizaciones anuales a un máximo del 3%, el inquilino verá cómo sigue aumentando su alquiler. Si el arrendador es una persona física, el contrato terminará en 2028, pagando un 35% más que ahora: 1.453 euros. En cambio, si el arrendador es una empresa, el contrato terminará en 2030 pagando un 43% más: 1.538 €.

La ley, al tener un redactado vago y lleno de imprecisiones, permite a la patronal inmobiliaria subvertir el sentido de la regulación de los alquileres y continuar haciendo subidas a los inquilinos.  

Pero el gran agujero, sin ninguna duda, son los alquileres de temporada que no tienen ningún tipo de regulación. Por ejemplo: los rentistas podrían recurrir a un alquiler de temporada, de solo 11 meses de duración y sin ningún tipo de tope al precio, ya que la ley no regula estas situaciones. El casero que quiera saltarse la regulación solo tiene que poner su piso en alquiler de temporada.