Dieselgate: ¿Quién puede reclamar a las marcas de coches que engañaron a sus clientes?
El Alto Tribunal europeo apunta que el comprador estafado tiene derecho a ser indemnizado por el fabricante de automóviles si el dispositivo ilícito ha causado un daño al comprador
La Justicia europea responde así a una cuestión planteada por un Tribunal alemán sobre la demanda por daños y perjuicios de un particular contra el grupo Mercedes-Benz
Volkswagen deberá indemnizar a los afectados por el fraude de las emisiones
El Dieselgate ya tiene desenlace favorable a los clientes engañados por las marcas que trucaron los motores para simular menos emisiones contaminantes de las reales. El Tribunal de Justicia Europeo(TJUE) ha dictado que los compradores estafados tienen derecho a ser indemnizados por el fabricante del automóvil.
La Justicia europea responde así a una cuestión prejudicial planteada por un Tribunal alemán respecto a la demanda por daños y perjuicios que un particular presentó contra el grupo Mercedes-Benz y las posibilidades de indemnización o compensación limitada.
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El Alto Tribunal europeo apunta que el comprador estafado tiene derecho a ser indemnizado por el fabricante de automóviles si el dispositivo ilícito ha causado un daño al comprador; en ese sentido ha argumentado que el Derecho de la UE defiende también los intereses particulares del cliente individual y no solo regula la homologación de motores y los límites de emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx).
Proteger al comprador frente al incumplimiento por parte de los fabricantes
La sentencia considera que la directiva marco sobre la homologación de motores de automóviles establece que el fabricante debe proporcionar al cliente en el momento de la compra un certificado de conformidad obligatorio que acredita, entre otros, que el vehículo cumple todas las normas de la UE en el momento de su fabricación.
Este certificado, añade el fallo, permite proteger al comprador frente al incumplimiento por parte del fabricante y le garantiza que adquiere un vehículo que cumple con la legislación comunitaria.
De ello, el Tribunal con sede en Luxemburgo concluye que además de proteger los intereses generales respecto a las emisiones contaminantes de vehículos en la UE, la norma sobre motores también protege los intereses particulares del comprador frente a un productor que equipe el vehículo con un dispositivo prohibido.
Así, los Estados miembro están obligados a prever que el comprador del vehículo goce de un derecho a ser indemnizado por el fabricante de este.