La reforma del sistema de pensiones aprobada esta semana por el Consejo de Ministros está principalmente encaminada a reforzar los ingresos del sistema para hacer frente a al aumento de los gastos que supondrá la jubilación de la “macrogeneración” del ‘baby boom’ en las próximas décadas. Además, mejora las pensiones mínimas y plantea un nuevo sistema para el periodo de cómputo de la pensión para atender las circunstancias de trabajadores con carreras de cotización irregulares.
Todas las iniciativas que incluye vienen a completar reforma aprobada en 2021, en la que se estableció que la revalorización de las pensiones quedaría vinculada al IPC y en la que se pusieron en marcha medidas para acercar la edad efectiva de jubilación a la legal.
España se había comprometido con la Comisión Europea a llevar a cabo esta reforma del sistema, que en esta segunda parte ha contado con el apoyo de los sindicatos, pero no de las organizaciones empresariales, para poder acceder a la cuarta entrega de los fondos europeos.
Se establece un sistema dual. Podrá seguir calculándose como hasta ahora, con los últimos 25 años cotizados, pero se podrá optar también por hacerlo con 29 años de cotización excluyendo los dos peores (es decir con 27 años efectivos). Esta segunda opción se irá introduciendo de forma progresiva entre 2027 y 2038.
Hasta 2040 podrá elegirse entre las dos alternativas, pero a partir de entonces la opción de los 25 años se irá ampliando seis meses por año.
Desde 2044 ya no se podrá elegir y se calculará con 29 años (menos los dos peores). Mientras haya posibilidad de escoger alternativas, la Seguridad Social aplicará de oficio la más beneficiosa para el trabajador.
De forma general las pensiones suben conforme a la media anual del IPC, pero la nueva reforma establece un aumento superior para la pensión mínima contributiva de los jubilados mayores de 65 años con cónyuge a cargo, que actualmente se sitúa en los 13.526 euros al año. Esta se incrementará de forma progresiva desde 2024, para que en 2027 no pueda ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos. El objetivo es que, para esa fecha, alcance los 16.500 euros anuales, un 22% más que ahora.
La misma revalorización se aplicará para las pensiones mínimas de viudedad con cargas familiares.
En el caso de las pensiones no contributivas, crecerán también por encima del IPC desde el año que viene para que en 2027 no estén por debajo del 75% del umbral de pobreza calculado para un hogar unipersonal.
Sí, subirán las pensiones máximas, porque el proyecto de ley incluye el aumento de la base máxima de cotización (el límite salarial por encima del cual no se cotiza a la Seguridad Social). Este año se ha situado en los 4.495 euros brutos al mes, y desde el que viene aumentará cada año en la misma medida que el IPC más un 1,2% hasta 2050, de forma que al final del periodo se habrá acumulado un aumento del 38%
Pero la subida de las pensiones máximas no se producirá al mismo ritmo ni en la misma proporción que el aumento de las bases máximas. Así, para las que se generen desde 2025 la subida será del IPC más un 0,115% acumulativo cada año hasta 2050, lo que supondrá un aumento del 3% al final de ese periodo. Posteriormente, desde 2051 hasta 2065 se aplicarán incrementos adicionales acumulados del 20%. A partir de esa fecha se valorará “la conveniencia” de mantener los incrementos hasta llegar al 30%.
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (llamado MEI) se creó en la primera parte de la reforma para mejorar los ingresos del sistema y volver a llenar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la llamada “hucha de las pensiones”.
Ya entró en vigor a comienzos de este año y supone un aumento de las cotizaciones (que no genera derechos sobre la pensión) de 0,6 puntos porcentuales sobre el salario bruto, de las que un 0,5% corresponde a la empresa y un 0,1% al trabajador.
Ahora, en el nuevo texto del ministerio de José Luis Escrivá, se establece que esa sobrecotización subirá hasta el 1,2% en 2029, a razón de una décima por año. El reparto será de un 1% para el empresario y 0,2% para el trabajador. La cuota se mantendrá en esas cifras entre 2030 y 2050, y permitirá acumular, según el Gobierno, entre 120.000 y 130.000 millones en esa “hucha de las pensiones”, que ahora tiene menos de 3.000.
Además, si la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que a partir de 2025 irá analizando la evolución del sistema, detecta que el gasto en pensiones supera el 15% del PIB o que los ingresos crecen por debajo del 1,7%, se pondrán en marcha medidas para atajar esa desviación, y mientras se adoptan se podrá subir de forma automática el MEI.
Desde 2033 y hasta 2053, los presupuestos generales determinarán, con unos límites marcados en la ley, el desembolso que se hace del Fondo de Reserva para contribuir al pago de las pensiones contributivas.
Además del aumento de la base máxima de cotización ya explicado, se establece un nuevo impuesto adicional que gravará la parte de salario que exceda la base máxima. Es decir, si tomáramos las cifras de este año, afectaría a aquellos trabajadores con salarios superiores a los 54.000 euros brutos al año. Esta nueva tasa se aplicará desde 2025 hasta 2045 y será progresiva.
Se mejora la cobertura de lagunas (periodos sin cotizar) con enfoque especial para mujeres, de forma que se cubrirán hasta cinco años de vacío de cotización con el 100% de la base mínima, frente a los cuatro actuales. El sexto y el séptimo año sin cotizar se cubrirá con un 80% de la base mínima, frente al 50% actual.
Además, el complemento de brecha de género, ya vigente y que se mantendrá mientras la diferencia entre las pensiones de jubilación sea superior al 5% por ciento, se revalorizará con el IPC y contará con una subida extra del 10% el año que viene y el siguiente.