Comunidad de propietarios: se puede o no hacer pública la lista de vecinos morosos

  • La protección de los derechos de los vecinos está amparada por la ley de Protección de Datos

  • Aunque la LPH permite que se haga pública la lista de propietarios morosos en determinadas circunstancias

  • Qué hacer si tu inquilino no te paga el alquiler

Los propietarios morosos son un problema común en las comunidades de vecinos. Y es que son muchas razones que pueden llevar a un titular ignorar sus obligaciones de pago que disgustan al resto de vecinos. Desde el impago de cuotas puntuales, hasta acumular una deuda crónica en las cuentas bancarias de la comunidad

Adicionalmente, cuando llega la junta de propietarios, los deudores suelen ser el centro de las discusiones entre los vecinos, porque sus impagos perjudican el correcto funcionamiento y gestiones de la comunidad. Esta presión por el descontento de los titulares, obliga a los miembros del comité a buscar soluciones rápidas para que los morosos se hagan cargo de sus deudas.

Aunque lo ideal es conseguir llegar a un acuerdo de forma amistosa, y así evitar confrontaciones que acaben en procedimientos judiciales, no siempre resulta posible. Por ello, con el objetivo de ejercer presión, y un cierto escarnio público, deciden colgar en el tablón de anuncios el nombre o nombres de quienes adeudan dinero a la comunidad

Hacer pública la lista de morosos de la comunidad de propietarios es un tema controvertido. Así que, te aclaramos hasta qué punto está permitido dentro del marco de la ley.

¿Es legal publicar el listado con los datos de los morosos?

Por un lado, tenemos la Ley de Protección de Datos que protege los derechos de todos los vecinos, sin importar su situación de impago. 

En este caso, el artículo 11 señala que la comunicación de datos de carácter personal a un tercero se puede realizar cuando para “el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado”. 

De modo que, no se puede exponer la lista de morosos de forma pública y se han llegado a interponer multas a las comunidades que han publicado la lista de los morosos.

Cómo reclamar la deuda a un vecino moroso

Cuando el presidente o administrador de la finca realizan la convocatoria para la junta de vecinos, envían la información a cada uno de los propietarios y, en esta, incluyen estado de las cuentas de la comunidad y ahí “sí aparecen los vecinos morosos y el dinero que deben”.

La Ley de Propiedad Horizontal contempla en el artículo 16.2, que la convocatoria de las juntas “contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2”.

¿Cuándo se puede publicar en el tablón de anuncios?

Ahora bien, la Ley de Propiedad Horizontal sí permite que se haga pública esa lista en determinadas circunstancias. Concretamente, el propio artículo 11 dice que la comunicación de datos de carácter personal a un tercero también se puede realizar cuando esta esté autorizada por una ley.

Asimismo, el artículo 9.1 de la LPH dice que la convocatoria de una junta de propietarios debe comunicarse “mediante cualquier forma que permita tener constancia de su recepción”, por lo general en su domicilio. 

En caso de que no sea posible, “la citación se puede realizar mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad”. En CAFMadrid reconocen que esto se realiza de forma excepcional “cuando no exista constancia del domicilio de algún propietario, al no haber facilitado este dato a la comunidad”.