Cómo solicitar el cheque de 100 euros para madres y en qué cambia

Este martes se han aprobado en el Consejo de Ministros los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año que viene. La coalición ha propuesto una serie de medidas que juntas muestran el mayor gasto social de la historia. Serán las terceras cuentas del Gobierno de coalición que incorporan el mayor gasto público, el mayor gasto social de la historia para reforzar el Estado del Bienestar.

También garantizan el poder adquisitivo de los pensionistas y mejoran las condiciones laborales y salariales de los empleados públicos. Habrá partidas específicas para Sanidad, Educación o becas. Unos PGE para el año que viene que contemplan un techo de gasto récord, de 198 000 millones de euros e incluyen 25 000 millones de los Fondos Europeos. En estos PGE, también se incluye este plan fiscal que aprobó la semana pasada el Gobierno y que contempla que sean los que más ganan los que más paguen. 

Se vuelve a abordar en estos presupuestos la deducción por maternidad anunciada en 2015. Desde el comienzo de su aplicación las madres trabajadoras, ya sean por cuenta ajena o autónomas, están en su derecho de recibir una deducción anual de hasta 1.200 euros en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los hijos de 0 a 3 años. En caso de querer recibir el dinero directamente, también se puede solicitar un abono anticipado de 100 euros mensuales.

¿En qué consiste esta medida?

La ayuda de 100 euros estaba hasta ahora dirigida solo a las madres trabajadoras, algo que va a cambiar. Se puede percibir de manera anticipada, recibiendo un máximo de 100 euros mensuales por hijo que tenga menos de tres años.

Existe la posibilidad de añadirlo a la declaración de la Renta, minimizando la cantidad requerida por Hacienda en caso de que la declaración salga a pagar o sumándolo a lo que la Agencia Tributaria tiene que devolver. En ambos casos la cuantía máxima es de 1200 euros anuales, 100 cada mes, y únicamente se percibirá hasta que el niño cumpla los tres años.

¿Cuál es el cambio que se va a realizar ahora que se incluye en los PGE de 2023?

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha confirmado que el Gobierno ampliará a más familias la ayuda de 100 euros por hijo a cargo hasta los 3 años --actualmente solo lo reciben las madres trabajadoras--, y ha puntualizado que será "dentro de las prestaciones contributivas".

"Ya existe una prestación por crianza de 0 a 3 años para personas que están trabajando y durante el periodo que están dadas de alta en la Seguridad Social. La ley va a abundar en ampliar este colectivo, incorporar otras realidades también dentro de las prestaciones contributivas", ha precisado Montero este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así se ha pronunciado después de que la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, haya desvelado este mismo martes que se impulsará una prestación de crianza de 100 euros para todas las familias con menores de 0 a 3 años.

Entre las demás medidas a "tramitar urgentemente", según ha señalado la vicepresidenta Yolanda Díaz, se encuentra un nuevo permiso de conciliación para cuidadores, circunstancias familiares imprevistas y un nuevo permiso parental de 8 semanas. Además, se permitirá que las familias monoparentales que tengan dos hijos se adhieran a la categoría de familias numerosas. Estos cambios se reflejarán a partir del 1 de enero de 2023.

¿Cuáles son los requisitos actuales?

 El único requisito, además de tener un hijo menor de tres años, es que la perceptora de la ayuda esté o haya estado inscrita en la Seguridad Social o una mutualidad durante 30 días o haya recibido una prestación (contributiva o asistencial) del sistema de protección del desempleo.

¿Cómo se puede solicitar la ayuda?

Existen tres maneras de realizarlo.

Presencial

En caso de querer presentarlo de forma presencial, la persona solicitante tendrá que acercarse a cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentado. Este también podrá enviarse vía correo postal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Por teléfono

Otra manera de solicitarlo es a través de una llamada telefónica al 901 200 347. El número, puesto en marcha por el Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria. es gratuito.

Durante la llamada necesitarán la información del NIF, el número de cuenta bancaria, el número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF, al igual que los datos del registro civil que se muestran en el libro de familia.

Por internet

El portal de la Agencia Tributaria también ofrece la opción de realizarlo online. Para ello, será necesario acudir a la sede electrónica con el Número de Identificación Fiscal (NIF), el DNI electrónico o un navegador con certificado electrónico instalado.