El SEPE aclara los supuestos de compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las becas laborales
Puedes cobrar el paro mientras haces prácticas cuando estas estén incluidas en el plan de estudios y no percibas remuneración económica
La prestación por desempleo es compatible con varias opciones laborales como trabajos a tiempo parcial, colaboración social o programas de sustitución de personas trabajadoras en formación, entre otros.
No obstante, en esta entrada te aclaramos qué sucede con las personas que estén desempleadas y estudien al mismo tiempo, puesto que al momento de llevar a cabo una beca de prácticas, ¿pierden el derecho a cobrar el paro? El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) aclara esta cuestión.
¿Es posible cobrar el paro y hacer prácticas a la vez?
El SEPE aclara en su web oficial que el paro y el subsidio por desempleo sí es compatible con las prácticas formativas cuando se den las siguientes circunstancias:
Que las prácticas en entidades públicas o privadas estén incluidas en el plan de estudios y que se realicen en el marco de colaboración entre la entidad y la institución (grados de formación, las carreras universitarias y másteres).
Que la realización de las prácticas no requiera dedicación exclusiva por parte de las personas participantes, ya que deben estar disponibles en la busca activa de empleo.
Que la remuneración económica que perciba el becario se limite a compensaciones por los gastos derivados de la participación en dichas prácticas: material de trabajo, locomoción, alojamiento o manutención.
Asimismo, el SEPE añade que las prácticas formativas que no conlleven remuneración económica alguna, pueden ser compatibles con las prestaciones por desempleo, siempre que cumplan los requisitos exigidos para ello.
En el caso de que la beca sea combatible con el paro, el estudiante puede continuar percibiendo dicha prestación o subsidio íntegramente, sin que se reste nada por las horas realizadas de prácticas. Por el contrario, si las prácticas formativas son incompatibles con la prestación o subsidio, estos se suspenden a fecha del inicio de la beca.
Además, la persona beneficiaria puede suspender su derecho al paro, aun siendo compatible con sus prácticas formativas. En este caso, puede solicitar su reanudación en el plazo de quince días hábiles a partir del día que finalicen las prácticas.
Casos en los que cobrar el paro es incompatible con las prácticas
Las prestaciones por desempleo y becas o prácticas serán incompatibles cuando:
Se trata de prácticas no laborales y no vinculadas a un plan de estudios, que supongan estar dentro del Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
La participación en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional que incluyan la realización de prácticas formativas, curriculares o no que, sin dar lugar a una relación laboral, suponga una contraprestación económica y darse de alta en la Seguridad Social.