Las decisiones que tome la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa) ante las reclamaciones presentadas por los pasajeros que hayan sufrido cancelaciones, denegaciones de embarque o grandes retrasos, entre otras cuestiones, pasan a ser de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las aerolíneas. Así lo señala la orden del 14 de marzo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, cuyo procedimiento simplifica los trámites de reclamación a los viajeros y elimina la necesidad de acudir a un tribunal para exigir indemnización.
El procedimiento comenzará a aplicarse un mes después de que Aesa sea acreditada como "entidad de resolución alternativa de litigios", aunque para este hecho no hay fecha hasta el momento. La organización se encuentra actualmente trabajando en adaptar el sistema para cumplir con los requisitos de la orden. El objetivo es controlar las posibles violaciones del reglamento europeo 261/2004, que protege los derechos de los pasajeros de avión.
Actualmente, y hasta que se aplique la nueva orden, los pasajeros de avión que acuden a Aesa al considerar vulnerados sus derechos y ver insuficiente la respuesta de la aerolínea obtienen un informe no vinculante de la agencia. Así, en el caso de que las aerolíneas decidan rechazar informes en su contra, los viajeros deben presentar una demanda para que sea un tribunal el que decida si corresponde o no indemnizar al afectado. Pero esto cambiará con la nueva normativa: si la Aesa se decide en favor del pasajero, la aerolínea tendrá que cumplir con la indemnización que corresponda.
Muchos viajeros se preguntan cuándo se tramitarán las indemnizaciones con la nueva orden y se dirá adiós a los juicios contra las aerolíneas. Esto pasa porque la Aesa sea acreditada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana como "entidad de resolución alternativa de litigios". Como hemos indicado, la organización se encuentra trabajando en la adaptación de su sistema de información para que se permita el trámite electrónico de altos volúmenes de reclamaciones. Asimismo analiza los medios humanos disponibles para satisfacer los requisitos de la medida. El cambio no supondría ningún incremento en las asignaciones presupuestarias o en dotaciones.
La orden afectaría a todos los vuelos de las aerolíneas europeas (aunque tengan origen fuera de la UE) y a todos los vuelos dentro de la Unión Europea (aunque no sean aerolíneas de la UE). Al ser la decisión de la Aesa de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las aerolíneas, se espera que aumenten las reclamaciones. Habrá que esperar para comprobar qué ocurre con esta resolución del BOE.