Los hechos ocurrieron en 2016 y, casi dos años después, el caso llegó a la oficina del juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Cristián Sánchez, en lo que parecía iba a ser un juicio rápido porque el adolescente había admitido el delito, informa La Tercera.
Pero, lejos de esto, el juez, tras leer la acusación de la Fiscalía, pidió al Ministerio Público que presentara los “antecedentes espaciales” del acusado. Como no los obtuvo, le absolvió.
El juez argumentó en su sentencia que, según el diccionario, ‘alunizaje’ alude a “un hecho aeroespacial consistente en detenerse en un cuerpo celeste extraplanetario, específicamente la Luna y, por ahora, ese hecho es física y jurídicamente imposible".
Sin embargo, el propio juez Sánchez reconoció que los antecedentes “permiten concluir, sin mayores esfuerzos, que estamos en presencia de un delito de robo en lugar no habitado”. Pese a ello, el joven quedó absuelto de las dos sanciones de 60 horas de trabajos comunitarios que requería el Ministerio Público.
Tras la sorprendente sentencia, la Fiscalía presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago. El tribunal de alzada estuvo lejos de coincidir con el juez de garantía y anuló el singular análisis que utilizó para absolver al adolescente señalando que “los hechos aceptados descartan en forma racional y palmaria que se tratara de un fenómeno aeroespacial consistente en detenerse en un cuerpo celeste extraplanetario, como se sostiene en el fallo, pues ocurren en un lugar determinado de Santiago, y se realiza mediante el uso de una camioneta que se conduce precisamente por una de las calles de esta ciudad”.
El tribunal de alzada también validó el uso del verbo ‘alunizar’, al encontrarse en el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico. “Define ‘alunizaje’ como impacto de un vehículo contra la puerta o escaparate de un local para cometer un robo”. La corte acogió el recurso, anuló la sentencia y solicitó una nueva audiencia, de la cual el juez Sánchez fue inhabilitado.