Si bien es cierto que la cena de Navidad de las empresas no se realizan en el horario de trabajo ni el mismo lugar que este, las acciones que se llevan a cabo en estas celebraciones pueden producir más de un dolor de cabeza para algunos.
Tal y como aclara Emilia Sánchez, abogada laboral en Legálitas, los comportamientos por parte de los trabajadores que perjudiquen o dañen a la empresa caen sobre el superior y puede amonestar a los empleados por ello.
El ejemplo más destacado de estos comportamientos es la subida de contenido inapropiado a las redes sociales en las que pueda injuriarse a un compañero o se veje a la propia empresa. Se podría proceder al despido de los empleados incluso aunque estos hechos no se produzcan en horario de trabajo.
Dentro del régimen de sanciones, dependiendo de la gravedad de lo que se haya subido a las redes y de los comentarios que se hayan dejado en dichas publicaciones, puede dar lugar a una sanción para el empleado, lo que se traduce en una amonestación de empleo y sueldo, o bien, en caso de que los hechos se consideren muy graves al despido inmediato de este.
Es aconsejable para evitar la sorpresa que todos tomen medidas preventivas para garantizar que los empleados conozcan sus obligaciones antes del evento.