Vigilar la comida mientras te duchas: el polémico anuncio viral de un piso con la cocina en el baño
El anuncio de un apartamento en Madrid se ha vuelto viral en redes
En el piso de 30 metros, la ducha está a escasos metros de la cocina
En Twitter el anuncio ha sembrado la polémica
El precio de los alquileres, cada vez más desorbitados, genera miles de críticas en los ciudadanos que cada vez más exigen una regularización.
En Twitter, la cuenta 'el zulista', donde se recogen anuncios de portales inmobiliarios de internet con pisos en dudosas condiciones para vivir, triunfa y miles de usuarios comparten sus anuncios para denunciar las polémicas ofertas que hay cada día.
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Una de esas ofertas de un piso en Madrid se ha vuelto viral en cuestión de horas. El piso, de 30 metros cuadrados, "es una vivienda tipo estudio", según la descripción, con "una amplia estancia diáfana dividida en dos ambientes". Además, tiene "cocina independiente y baño con plato de ducha".
La descripción parece mostrar un piso pequeño pero perfectamente habitable. Sin embargo, se olvidan de mencionar la disposición de este estudio: la ducha está a escasos metros de la cocina. Baño y cocina se encuentran así en la misma disposición, algo duramente criticado por los usuarios.
"Buenas noches zulistas! Hoy un nuevo capítulo de me puedo duchar mientras vigilo las lentejas o hacer aguas mayores mientras pongo la lavadora. Privilegios zulistas... y cada día de más gente", escribe el tuit. Una publicación que sin duda ha sembrado la polémica en redes.
El Supremo avala regular los pisos turísticos en Barcelona
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la regulación de los pisos turísticos que el Ayuntamiento de Barcelona aprobó en 2016 al desestimar un recurso de la Asociación de Apartamentos Turísticos de Barcelona (Apartur), que pidió anular el plan urbanístico que los regula y que los magistrados ven "un instrumento legítimo" para proteger la existencia de viviendas de alquiler para vecinos.
El recurso se oponía a la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que ya anuló una parte del plan urbanístico pero avaló limitar el acceso a esta actividad económica con una autorización municipal, y la sentencia del Supremo, consultada por Europa Press, ratifica el fallo del tribunal catalán.
Apartur sostuvo que los límites que fija el plan no estaban justificados por razones de interés general y cuestionaba su proporcionalidad, considerándolo una restricción de la libre competencia, lo que el tribunal descarta.
El consistorio ya derogó el plan urbanístico impugnado, y está vigente uno nuevo aprobado en 2017, pero el recurso de Apartur reprochó que contiene "las mismas limitaciones que el anterior", al mantener la autorización como obligatoria y fijar requisitos para conseguir esta autorización.
Los magistrados del Supremo resuelven que las limitaciones a los pisos turísticos que fijó Barcelona se ajustan tanto a la regulación europea como a la legislación española, y consideran cerrado el debate "por pura técnica jurídica".
En la sentencia, afirman que un plan urbanístico como este es un instrumento legítimo para requerir una autorización administrativa a los pisos turísticos, lo que consideran proporcionado y justificado para proteger "la razón imperiosa de interés general de facilitar la existencia de viviendas susceptibles de arrendamientos para residencia de los ciudadanos".