Conseguir un primer trabajo no siempre es sencillo, en ocasiones se espera de los jóvenes trabajadores una experiencia que todavía no tienen y por eso no es raro que esta primera oportunidad sea en forma de prácticas no remuneradas, donde podrán obtener la formación que les falta en el ámbito laboral, que no siempre es similar al académico.
No conviene confundir este concepto de prácticas no remuneradas con el de becario, que sería quien recibe una beca o ayuda económica para cubrir gastos de manutención o transporte; su participación suele estar más relacionada con programas académicos o de investigación. Los estudiantes que realizan prácticas no remuneradas lo hacen para ganar experiencia laboral.
Hasta hace relativamente poco tiempo, este tiempo les beneficiaba en conocimientos, pero eso no se reflejaba ni en su cartera ni en el tiempo cotizado, por suerte, desde el 1 de enero de 2024, los alumnos que realicen prácticas formativas, remuneradas o no, están incluidos en el sistema de la Seguridad Social, tal y como explica el propio organismo en su página web.
Los alumnos que realicen prácticas no remuneradas pasan a considerarse asimilados a los trabajadores por cuenta ajena y tendrán que ser dados de alta en la Seguridad Social, siempre y cuando las prácticas cumplan con las condiciones establecidas, es decir, sean realizadas por alumnos de formación profesional o por universitarios, tanto las dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad.
Será responsabilidad de las Universidades, las empresas y los centros formativos el dar de alta y de baja a estos alumnos, así como de cumplir con las obligaciones que se generen con la Seguridad Social. Estar incluido en este sistema tiene dos efectos fundamentales para los alumnos, el primero de ellos es que podrán beneficiarse de la protección que ofrece durante se realicen las prácticas, por ejemplo, estarán protegidos en caso de accidente.
La otra es que tendrán cotizados los períodos en que estén realizando prácticas. Este tiempo se computará como cotizado para la generación de futuros derechos, como solicitar una posible pensión. Además, el estudiante podrá asegurarse de que se están cumpliendo las normas consultando su situación desde la Sede Electrónica o desde el área personal de IMPORT@SS.
La cotización de las empresas por estos estudiantes consiste en una cuota empresarial por cada día de prácticas, tal y como recuerdan desde el Ministerio correspondiente. Será de 2,67 euros por contingencias comunes, excluida la prestación de incapacidad temporal, y de 0,33 euros por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 60,76 euros o por contingencias profesionales, que se sitúa en los 7,38 euros.
Además, también se explica que cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente. Estas medidas se han tomado con la intención de mejorar los derechos de los alumnos y ampliarlos poco a poco.