¿Cómo conseguir productos de ortopedia financiados?
Algunos productos que solemos comprar de nuestro bolsillo reciben financiación, exactamente igual que ciertos medicamentos
La Administración solo financia una parte
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La mayoría de problemas médicos en los que pensamos en el día a día son de tipo fisiológico, y a la hora de solucionarlos, solemos apoyarnos en el Sistema Nacional de Salud. Receta de nuestro médico, farmacia y asunto solucionado. Pero, ¿qué pasa con los productos de ortopedia?
Si el medicamento es de los que reciben financiación a través del copago sanitario, la reducción en el precio es significativa. Sin embargo, muchas personas no saben que la lista de los productos que financia la Seguridad Social incluye muñequeras, muletas, sillas de ruedas, colchones antiescaras y otras tantas ayudas mecánicas, algunas de ellas de un coste elevado. Son estas últimas las que se incluyen dentro de la llamada ‘prestación ortoprotésica’, pensada, sobre todo, para quienes no pueden asumir el alto coste de ciertas ayudas ortoprotésicas en momentos de necesidad.
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Cuando sufrimos lesiones menores, lo habitual es pagar de nuestro bolsillo en la ortopedia de turno este tipo de dispositivos, aunque en muchos casos podríamos conseguirlos parcialmente financiados, tal y como hacemos en la farmacia cuando solicitamos un medicamento con receta médica incluido en la lista de los que reciben financiación de Sanidad.
Cómo conseguir productos de ortopedia financiados en el Sistema Nacional de Salud
La obtención de esta prestación ortoprotésica dependerá del lugar donde residamos. Mientras que en unas comunidades autónomas es un proceso relativamente sencillo, en otras presenta ciertas trabas burocráticas que invitan a desistir. Esto puede dejarnos desprotegidos en momentos de necesidad.
Para saber si un producto está incluido en la lista oficial, podemos utilizar el catálogo común del Sistema Nacional de Salud para buscar qué porcentaje asume la Administración: ahí veremos cuánto costeará como máximo el SNS y cuánto nos toca pagar a nosotros. Si tenemos suerte, el producto no tendrá copago alguno. En el segundo caso, el desembolso suele ser muy razonable, entre 12 y 40 euros. 37 euros, por ejemplo, un calzado ortopédico.
El proceso es bastante parecido al que seguimos cuando acudimos a la farmacia y solicitamos un medicamento financiado: necesitaremos la receta médica. En este caso hay una particularidad, y es que la receta que vamos a utilizar debe firmarla el especialista que esté tratando nuestra lesión. No sirve la del médico de cabecera. Más allá de la espera para la cita y el diagnóstico del profesional (nuestro traumatólogo, por ejemplo), solo restará ir a la ortopedia de nuestra elección a solicitar el dispositivo ortoprotésico que necesitemos.
Estos pasos cambian según la comunidad donde residamos, a veces a peor. En algunas, es el paciente que paga la totalidad del producto en la ortopedia y luego solicita el reintegro de la parte correspondiente a la Administración a través de la vía presencial o telemática. El mayor problema se presenta justamente ahí. Por un lado, resulta lento y exasperante iniciar los trámites burocráticos para recaudar lo que hemos pagado por adelantado productos comunes (unas muletas, por ejemplo). A esto hay que sumar el alto coste de ciertas prótesis y ayudas mecánicas, inasumibles para muchas personas que tienen que hacer un enorme sacrificio económico para conseguirlas. Una silla de ruedas eléctrica, por ejemplo, puede costar más de 3000 euros.
Según precisa la OCU en su sección Derechos del paciente, existe una vía intermedia, lo que se conoce como ‘Sistema de Endoso’, donde le toca al paciente acordar con la ortopedia este tipo de pago e iniciar los trámites con la administración.
“En Madrid, por ejemplo, hay que entregar una solicitud de cesión de pago por endoso firmado por la ortopedia y una factura proforma”, explican desde la Organización de Consumidores y Usuarios. “Aprobada la solicitud, se debe luego presentar: factura original, receta del especialista y recibí del producto dispensado. Cuando el importe del producto es inferior a 180 euros, también se pide un informe del trabajador social.”