¿Cómo solicitar el certificado de Últimas Voluntades?
El certificado de últimas voluntades es un documento público, por lo que cualquiera puede solicitarlo
En este documento queda recogido si una persona ha hecho testamento y dónde
Herencias: ¿quién puede otorgar testamento?
Aunque habitualmente esto sea algo que se comenta con los seres queridos, no todo el mundo confirma que ha hecho testamento, lo que puede suponer todo un quebradero de cabeza para los herederos, que tienen que comprobar si es así. Esto puede hacerse solicitando el certificado de últimas voluntades.
Certificado de Últimas Voluntades, ¿qué es?
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El certificado de Últimas Voluntades es un documento en el que queda recogido si una persona ha hecho testamento, así como ante qué notario ha sido realizado. También puede incluir los seguros de vida (o accidente) que tuviese el fallecido. Solicitarlo puede ser una manera sencilla para que los herederos puedan obtener una copia autorizada del mismo y así comenzar los actos sucesorios.
En caso de que no hubiera testamento, hay que tramitar un expediente de declaración de herederos abintestato: un notario deberá autorizar un acta de declaración de herederos en el que se nombre a las personas que heredarán las propiedades y bienes del difunto.
Este certificado es un documento público, por lo que cualquier persona que aporte los documentos necesarios puede solicitarlo y acceder a la información que se incluye en él, aunque solo los herederos que aparezcan en el mismo podrán obtener una copia del mismo.
Para poder solicitar el certificado es imprescindible reunir determinados documentos, como el Modelo 790 (y presentarlo bien cumplimentado), el certificado de defunción, ya sea el original o una copia compulsada, y el justificante de que se ha abonado el importe de la tasa que corresponde al certificado de últimas voluntades.
¿Cómo se solicita?
Existen diferentes maneras de solicitar este certificado, se puede hacer de manera presencial y también online. Si quieres hacerlo de manera presencial o por correo postal, es necesario rellenar el Modelo 790, que se puede encontrar en la página web del Ministerio de Justicia, en las gerencias territoriales de este ministerio o a través de la oficina central de atención al ciudadano.
Además de este documento, hay que incluir el certificado de defunción, como señalábamos antes, así como el resto de documentos descritos. Las tasas pueden pagarse en cualquier entidad financiera que colabore con la Agencia tributaria, y los documentos se entregan en la oficina central de atención al ciudadano o en cualquier sucursal de las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia.
Quienes prefieran hacerlo online tendrán que enviar por email los mismos documentos que se piden presencialmente, accediendo a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Si se dispone de certificado digital y si la defunción ha sido inscrita en un registro civil (y no un juzgado de paz), puede solicitarse un certificado electrónico de actos de última voluntad en la sede online del Ministerio de Justicia.
Salvo que exista algún problema, la respuesta debería llegar en cinco días tras la solicitud si ha sido vía telemática, o en diez si ha sido a través de correo postal. Si no se ha recibido respuesta, lo mejor es acudir al registro civil para informar de la situación o pedirlo a través de internet para agilizar los trámites.