¿Cómo cambiar la titularidad de un coche de segunda mano?
Antes de comprar un coche de segunda mano, este debe tener todos los papeles en regla
El cambio de titularidad se puede hacer de manera presencial o a través de Internet
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La venta de coches de segunda mano sigue siendo superior en España a la de automóviles nuevos, lo que implica un gran número de transacciones que se han de llevar a cabo y en las que suelen estar implicadas dos partes: el vendedor y el comprador.
Cuando esta transacción se realiza entre particulares y no hay empresas especializadas que se encargan de acelerar los trámites, son ellos los que se tienen que encargar de cambiar la titularidad del coche de segunda mano.
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“Si eres el comprador de un vehículo usado tienes un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato para realizar el cambio de titularidad del mismo. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor”, informa la Dirección General de Tráfico al respecto.
Antes de cambiar la titularidad
Previamente a realizar la compra de un vehículo nuevo, hay que tener presente que es necesario que dicho automóvil se encuentre en una situación de alta administrativa, de manera que si no los estuviera, el titular del mismo –y vendedor– deberá realizar este trámite.
Asimismo, será necesario tener el Impuesto de Circulación del año anterior abonado, abonadas las posibles sanciones que le hubieran impuesto, estar libre de cualquier limitación de disposición, así como de embargos y precintos.
Medios para cambiar la titularidad
Un vez que el coche está en condiciones de ser vendido, el cambio de titularidad se puede llevar a cabo mediante dos vías diferentes:
- Por internet. Se puede realizar la solicitud de la transferencia en el registro de la DGT. Para ello será necesario contar con Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN, Cl@ve permanente o DNIe / Certificado electrónico, pues solo de ese modo se puede entrar al apartado de “Cambio de titularidad”. Eso sí, tal y como apunta la propia Dirección General de Tráfico, hay ocasiones en las que no es posible realizar la transferencia mediante un canal telemático. Esto ocurre en las siguientes circunstancias: “transferencias donde intervenga un compraventa o un comprador o vendedor con tutela; fallecimiento del titular y herencias; separación, divorcio o ruptura; donaciones de vehículos, vehículos históricos; vehículos con más de un titular (cotitulares), y adjudicación en una subasta de vehículos”.
- De manera presencial. En este caso será necesario entregar la documentación en una Jefatura o una Oficina de Tráfico. Eso sí, habrá que solicitar una cita previa llamando al 060 o a través de internet.
¿Qué se necesita para hacer el cambio de titular?
Respecto a los documentos necesarios para llevar a cabo la transacción, nos referimos a ellos dependiendo de la vía que se emplea. Cuando se realiza de modo telemático a través de Internet, ya hemos comentado que es obligatorio disponer del certificado digital, del DNI electrónico o de las credenciales cl@ve. De lo contrario, no será posible realizar la compra del vehículo de segunda mano. A a esto hay que añadir los siguientes pasos:
- Abonar la tasa correspondiente en el mismo formulario de compra o, si se ha adquirido previamente, simplemente habrá que introducir el número de la misma.
- En el registro de solicitud del duplicado, es necesario rellenar los campos de contacto, el modo de notificación e introducir la matrícula del vehículo que se va a transferir, así como el CIF/NIF/NIE del vendedor y del comprador. Cuando el comprador realiza este trámite, tiene que adjuntar una copia del DNI del vendedor, un documento que acredite la transmisión del vehículo (factura o contrato de compraventa firmado por ambas partes) y “el justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura (Consulta en tu Comunidad Autónoma las condiciones de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales), así como cualquier otro documento adicional requerido para supuestos especiales (para más detalles, consultar el apartado 'Requisitos previos')”, explica el portal de la DGT.
Por otro lado, este trámite también se puede realizar de manera presencial. Así que, una vez que se solicita la cita previa, hay que acudir a una de las oficinas que tiene la Dirección General de Tráfico con la siguiente documentación:
- La solicitud en impreso oficial de cambio de titularidad, obviamente rellena y firmada tanto por el comprador como por el vendedor. Esta solicitud se puede cumplimentar en las propias dependencias de Tráfico en caso de que acudan ambas partes.
- Un documento que acredite la transmisión del vehículo.
- La identificación del comprador (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte, Número de Identificación de Extranjeros).
- Un documento que identifique al vendedor (fotocopia del DNI o alguno de los documentos ya mencionados).
- Justificante de pago con los datos de la tasa que se ha adquirido previamente o una tarjeta de crédito con la que poder realizar el pago en las propias oficinas de la DGT.
Copia del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y justificante de pago/exención/no liquidado en la Comunidad Autónoma del comprador, excepto si el vendedor es un empresario en el ejercicio de su actividad, pues en ese caso se aportará la factura correspondiente.