La Asociación Española de Consumidores (ASESCON) ha presentado una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, señalando 43 números de teléfono involucrados en prácticas de spam telefónico. La acción de ASESCON se basa en el cambio del artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, que entró en vigor en junio. Este artículo establece que los ciudadanos tienen derecho a no recibir comunicaciones comerciales no deseadas por teléfono, salvo que hayan dado su consentimiento expreso para ello.
La modificación legal, que reconoce la importancia de la privacidad y la protección de los consumidores, ha llevado a ASESCON a establecer un canal de consulta y reclamación para atender las quejas de los ciudadanos sobre este creciente problema de spam telefónico.
Sin embargo, ASESCON considera que hay lagunas legales que permiten a las empresas seguir haciendo telemarketing sin respetar la voluntad de los consumidores. Una de ellas es el consentimiento expreso, que puede obtenerse mediante contratos o plataformas digitales. Otra es el 'interés legítimo', que puede invocarse por empresas que ya tienen una relación contractual con el consumidor y que pretenden "prevenir fraudes" de otras compañías y, de paso, ofrecer productos o servicios.
Ante estas circunstancias, ASESCON ha recopilado información desde agosto, proporcionada por los consumidores, para respaldar su denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos. La asociación busca que se realice una investigación exhaustiva para identificar posibles irregularidades en la aplicación de las regulaciones contra el spam telefónico.