El TSJC reconoce el derecho a una alumna de Canet de Mar a recibir una segunda material troncal en castellano
La justicia de Cataluña valora que el uso de las lenguas "no cumple el patrón establecido en la reiterada doctrina constitucional"
El fallo del tribunal es recurrible y obliga al centro a impartir una "materia principal" en castellano, además de la asignatura de lengua
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado de forma definitiva que la escuela Turó Del Drac de Canet de Mar (Barcelona) imparta una "materia principal" en castellano, además de la asignatura de lengua.
Esta sentencia confirma las medidas cautelares fijadas para el centro, después de que la familia de una alumna reclamase que se impartiesen el 50% de las clases en castellano.
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El fallo del tribunal, que se puede recurrir, reconoce "como situación jurídica individualizada, el derecho del actor a que, mientras su hija permanezca escolarizada en el sistema educativo catalán, reciba de forma efectiva en castellano, aparte del área de conocimiento" otra asignatura troncal.
La demanda que originó el procedimiento reclamaba que la menor recibiera al menos un 25% de horas lectivas en castellano y quería anular el proyecto lingüístico de la escuela por otro con "una presencia equilibrada de la vehicularidad en la enseñanza de las dos lenguas oficiales", a lo que la Generalitat se opuso.
La batalla del catalán
El caso de esta escuela de Canet fue el primero tras la sentencia del TSJC, que marcaba que se impartiese el 25 % materias en lengua castellana en todas las escuelas e institutos catalanes.
A la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la nueva normativa catalana, la justicia defendió su competencia para decidir sobre casos individuales de familias que piden más castellano en las escuelas. Actualmente hay 26 aulas catalanas en las que se imparte el 25 % de materias en castellano.
Uso "residual" de la lengua castellana
Ahora, con la escuela de Canet de Mar, el TSJC valora que el uso de las lenguas que se ha hecho hasta ahora "no cumple el patrón establecido en la reiterada doctrina constitucional, siendo la presencia de la lengua castellana residual".
"Si bien el objetivo establecido en la normativa catalana de educación es el dominio de ambas lenguas a la finalización de los estudios, no puede prescindirse del hecho de que existen situaciones de movilidad, esto es, de alumnos que solo están transitoriamente en el sistema educativo catalán, por lo que no pueden crearse etapas educativas de inmersión que puedan perjudicar a estos alumnos", añade el tribunal.
En la argumentación del fallo, el TSJC se remite a los que ya expuso en su sentencia de 16 diciembre de 2020, con la que ordenó impartir al menos un 25% de enseñanza en castellano dentro del sistema educativo catalán, una decisión que basó en la doctrina del Tribunal Constitucional (TC).
Educació recurrirá la sentencia
La consellera de Educación de la Generalitat, Anna Simó, ha anunciado que el departamento presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo: "El TSJC se extralimita en sus funciones".
Simó ha dicho que el TSJC "no ha modificado un ápice" su postura respecto a las anteriores medidas cautelares.