Miguel Capuz, abogado penalista, sobre los pinchazos en discotecas: "Si se hace solo por diversión, también está penado"
Las penas oscilan entre una multa de uno a tres meses y cinco años de prisión
El pinchazo constituye un delito de lesiones una vez que se haya precisado asistencia médica
Los efectos del éxtasis líquido en víctimas de pinchazos en discotecas
La preocupación continúa creciendo ante la oleada de pinchazos en discotecas y zonas de ocio nocturno. Las denuncias por esta práctica ya se han extendido a cinco comunidades en España, la última de ellas las Islas Baleares. La policía investiga los casos pero, hasta ahora, no se ha identificado a ningún autor.
Los pinchazos constituyen un delito de lesiones, que puede acarrear penas que van desde multas hasta cinco años de prisión, dependiendo de si se puede acreditar que se ha propinado con un un instrumento peligroso, si se precisa tratamiento médico o si se detecta alguna sustancia estupefaciente tras el pinchazo. En NIUS, hablamos con el abogado penalista Miguel Capuz sobre las consecuencias penales para cada uno de los supuestos.
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En caso de ser víctima de un pinchazo, el letrado hace hincapié en la importancia de acudir a un centro sanitario donde se realice una asistencia médica y de denunciar los hechos ante un juzgado.
Pregunta. ¿Qué puede suponer un pinchazo, a nivel penal?
Respuesta. Se considera delito de lesiones en el momento en el que hay una primera asistencia médica. A partir de ahí, puedes, o no, precisar tratamiento médico o quirúrgico. Si no lo necesitas, la pena es de uno a tres meses de multa. Si la necesitas, será una pena de tres meses a tres años de prisión o una multa. Si además, se ha utilizado un instrumento peligroso como una aguja, el juez podría imponer una pena de dos a cinco años de prisión. Pero si no hay autor, no se puede imponer la pena a nadie.
P. ¿Si solo hay una marca, pero no encuentran ninguna sustancia?
R. Cuando solo hay una marca, el pinchazo no va a pasar de una primera asistencia, no precisa tratamiento médico ni quirúrgico. Eso supone una pena de multa de uno a tres meses por un delito de lesiones, pero si no hay autor no se puede poner la pena a nadie. El parte médico determinará si hay lesión. Además, como es posible que esa jeringuilla se haya utilizado más veces, habría que pedir en el centro médico que hagan una averiguación de posibles afecciones víricas.
El pinchazo conlleva un menoscabo en la salud de la persona, ya sea física o psíquica
P. ¿Si te han pinchado y sí detectan alguna sustancia?
R. En la primera asistencia médica, si detectan una sustancia y recetan medicación, se considera que hay tratamiento médico o quirúrgico. En ese caso, la pena que se impone ya es privativa de libertad. Si acreditamos que ha sido con una aguja o jeringuilla, podemos ir ya a una pena de dos a cinco años de prisión. Si no se acredita que ha sido con una aguja, será una pena de tres meses a tres años de prisión.
P. ¿Si detectan sustancia y, además, hay una agresión sexual posterior?
R. En ese caso, estaríamos hablando de penas privativas de libertad superiores a diez años de prisión. Estamos dejando a esa persona inútil para poderse defender, por lo que nunca va a dar su consentimiento.
P. Si no hay intencionalidad delictiva y solo se pincha para hacer cundir el pánico, o por diversión, ¿también está penado?
R. Evidentemente, no se puede ir pinchando a gente por la calle. Estás llevando a cabo un menoscabo de la salud de una persona, ya sea física o psíquica. Si te han pinchado en una discoteca y a raíz de ello te da miedo volver a la discoteca, también hay un daño. Tendríamos un delito de lesiones, en este caso, que afecta a la salud psíquica. Cuando se aplica tratamiento psicológico o psiquiátrico también cuenta como tratamiento médico o quirúrgico, por lo que estamos en el supuesto de penas de tres meses a tres años.
Se recomienda ir al centro médico y a denunciar al juzgado
P. ¿Si a los meses del pinchazo aparece como consecuencia una infección vírica?
R. Si no se denunció en su momento, lo primero que hay que hacer es denunciar. Si se denunció, hay que ampliar la denuncia y decir que se entiende que la infección es consecuencia del pinchazo.
P. Una víctima de un pinchazo puede denunciar a la policía o en el juzgado. ¿Qué es más recomendable?
R. Si se denuncia ante la policía y no se encuentra al autor, ese atestado no llega a un juzgado y no pueden hacer una valoración de los hechos. Si los jueces de instrucción han recibido varias denuncias similares, ellos mismos podrían llevar a cabo otro tipo de investigación. Toda la información que reciban tanto policía como juzgado es importante para determinar qué ha pasado y que el autor pueda sufrir consecuencias penales. Yo recomiendo ir al hospital y, de ahí, a denunciar al juzgado, de manera que el caso ya queda judicializado, aunque no haya autor. El juez podrá llevar a cabo actuaciones que motiven una actuación judicial, incluso con afectación de derechos fundamentales.