Condenado a 22 años de cárcel por matar a su pareja y tirar su cuerpo al río en Sevilla
22 años de prisión tras asesinar a su pareja en Sevilla y arrojar su cadáver al río
Tras matarla, cogió la tarjeta de crédito y sacó más de 8.000 euros en los cajeros automáticos
Le pegó un fuerte golpe en la cara y luego la mató asfixiada tras "aplastarle el pecho y el tórax"
Un hombre ha sido condenado a 22 años y siete meses de cárcel por matar a su pareja en Sevilla. El acusado aplastó su pecho y tórax, la dejó sin respiración y después se deshizo del cadáver lanzándolo al río Guadalquivir.
Así lo recoge la sentencia difundida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El acusado ya fue declarado culpable por un jurado popular. La víctima tenía 51 años y también era de nacionalidad boliviana. Alfredo G.C. acabó con su vida en una vivienda de la calle Ágata de la capital andaluza, la noche del 24 de abril del 2022. Después, llevó el cadáver a unos juncos junto al cauce fluvial.
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En concreto, en un tramo que pasa por el barrio de San Jerónimo. Los hechos probados recogen que la había matado "inmovilizándola al aplastarle el pecho y tórax con el peso de su cuerpo, al tiempo que le presionó fuertemente el cuello con un objeto no precisado".
Por tanto, murió de "asfixia, de forma súbita y sorpresiva". Sucedió cuando el varón se metió en el dormitorio que ambos compartían después de que él hubiese estado en el salón con unos invitados a la casa. Al quedarse éstos dormidos, actuó.
La declaración del asesino
El asesino declaró que aquella noche "se molestó" al comprobar que la mujer tenía unos "chupetones" en el cuello, que no le había hecho él. A partir de ahí comenzó una discusión que terminó con una agresión: "Le pegué un fuerte golpe en la cara". Al encontrarse reunidos con unos amigos en ese momento, éstos los separaron.
Víctima y acusado habían reanudado una relación anterior y convivían junto a otras personas en el inmueble donde ocurrió el crimen. Pero él ya había sido condenado antes por lesiones en el ámbito de la violencia de género, en el 2020.
La pena de prohibición de acercarse a la mujer finalizó en diciembre del 2021 y en febrero del año siguiente, volvieron a residir juntos. Según el jurado, ambos "estaban ligados de forma estable por relación de afectividad análoga a la matrimonial". Tras matarla, cogió la tarjeta bancaria de la que era titular la fallecida y como conocía el código PIN, acudió a varios cajeros automáticos.
Extrajo un total de 8.140 euros de la cuenta, en los siguientes días al asesinato. Por todos estos hechos, la Audiencia Provincial de Sevilla le atribuye las agravantes de parentesco y género. Cuando salga de prisión, deberá estar diez años vigilado.
En situación irregular en España
Por otro lado, le condena a 21 meses de cárcel por un delito continuado de estafa, por esas cantidades de dinero que sacó. "Se han podido recuperar sólo 5.000", añade en el fallo, que incluye otra condena de 32 años y diez meses.
Se refiere a la prohibición de ir al municipio donde reside actualmente el hijo de la víctima, comunicarse con él o aproximarse a menos de 500 metros. El hombre, en situación irregular en España, debe cumplir en nuestro país estos castigos.
Una vez que acceda al tercer grado o se conceda la libertad condicional, se sustituirá la ejecución del resto de la pena por la expulsión y prohibición de regresar al territorio nacional por el tiempo de ocho años.
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