Embargan al panadero de Málaga que ingresó un sueldo con el concepto de "nómina abril maricón"
Un juzgado de Málaga ha ordenado el embargo de cuentas a la panadería de Coín que pagó a un empleado con el concepto "nómina abril maricón"
El sindicato solicitó el embargo de las cuentas del propietario de la panadería para que no pudiera "burlar la acción de la justicia"
La panadería rechazó la solicitud de autodespido del empleado y no se llegó a un acuerdo
El Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ha ordenado el embargo de cuentas y de cinco vehículos por un valor de 33.000 euros a una panadería de Coín (Málaga), investigada por ingresar el sueldo por transferencia bancaria a un empleado con el concepto "nómina abril maricón".
Según han informado a EFE fuentes de la asesoría jurídica del CGT en Málaga, el citado juzgado lleva la demanda en la que el empleado reclama el autodespido del establecimiento por violación de sus derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación por su condición sexual.
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CGT solicitó el embargo para que no pudiera "burlar la acción de la justicia"
CGT ha explicado que el titular del juzgado ha estimado las medidas cautelares solicitadas por la representación letrada del sindicato y ha expresado su satisfacción con la decisión judicial "en aras a garantizar y evitar alguna maniobra por parte de la panadería homofóbica y sus gestores".
El sindicato solicitó el embargo de las cuentas del propietario de la panadería para que no pudiera "burlar la acción de la justicia y que ello pudiese conllevar la posible inaplicación de lo que pueda resultar en la sentencia una vez celebrado el juicio", que ha sido fijado para enero de 2025.
El empresario investigado y el empleado no llegaron el pasado junio a un acuerdo en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación que hubiera evitado la vía judicial, ya que el empresario se opuso a la solicitud de autodespido del panadero.
La solicitud de autodespido del empleado, de 34 años y que se encuentra actualmente de baja, tiene como objetivo seguir cobrando su salario.
Además, CGT ha denunciado que el trabajador estaba contratado a jornada parcial (cuatro horas), aunque superaba su horario laboral, y no se respetaban "los parámetros del Salario Mínimo", ha apuntado CGT.
Cuando se hizo público el caso, el dueño de la panadería se mostró "sorprendido" por el polémico abono de la nómina, ya que, según explicó, fue el banco el que hizo la transferencia y puso esa anotación homófoba cuando él, como cada mes, dio el aviso del pago
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