Lo que podemos y no podemos hacer durante el estado de alarma: salir a pasear al perro o al supermercado
Incumplir las medidas supone penas de cárcel de entre tres meses y un año
Las multas van desde los 100 euros hasta los 600.000
La manifestación de solidaridad y el homenaje al personal sanitario se producía solo unos minutos después de que el presidente del Gobierno detallara las medidas que contempla el estado de alarma sanitaria. Hemos hecho una lectura detallada del decreto para aclararles cualquier duda de los podemos o no podemos hacer. Saber, entre otras muchas cosas, que podemos pasear al perro, pero no podemos ni debemos pasear nosotros.
Con el estado de alarma no se puede practicar ningún deporte fuera del domicilio. Ni en solitario ni, por supuesto, en grupo. Las multas van desde los 100 euros hasta los 600.000 por las infracciones más graves, que pueden acarrear incluso penas de cárcel de entre 3 meses y un año, y otras sanciones de 6 a 18 meses.
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Para familiares y amigos es tiempo de llamadas, mensajes y videollamadas, ya que no se les puede visitar para pasar el día en sus casas. Tampoco quedar con ellos en la calle, ya que ese contacto físico podría propagar aún más el virus.
Sí, se puede, eso sí, visitar y asistir a personas dependientes. Solo se podrá salir para lo básico, como comprar productos de primera necesidad, siempre con distancia de al menos un metro entre personas y en solitario, salvo que tengamos menores, por ejemplo, a nuestro cargo y no puedan estar con nadie más en ese momento.
Sí está permitido pasear a las mascotas, la asistencia a lugares de culto, ceremonias civiles o religiosas y funerales, pero siempre bajo medidas estrictas para evitar aglomeraciones. También estarán abiertas las tintorerías y las peluquerías, por cuestión básica de higiene para mayores con poca movilidad. El envío de comida a domicilio y las compras 'online' también están disponibles.