El TSJ del País Vasco no permite el toque de queda, mantener los confinamiento y la limitacion de grupos de cuatro personas
Considera el tribunal que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamientos autonómicos y municipales
Dictamina que estas restricciones afectan a derechos fundamentales
Urkullu ya anunció que no incluiría medidas no avaladas por los tribunales
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamientos autonómico o municipales, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupaciones de cuatro personas, después del fin del estado de alarma el próximo domingo, 9 de mayo al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución.
Esta es la respuesta del TSJPV a la autorización previa que había solicitado el Gobierno Vasco, que este mismo viernes establecerá las restricciones que mantendrá en la Comunidad Autónoma Vasca a partir de las 00.00 horas del domingo, cuando decae el estado de alarma, para luchar la covid-19.
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El borrador del decreto planteaba, entre otras cosas, que, cuando la tasa de incidencia acumulada de contagios por covid-19 en 14 días en el conjunto de Euskadi sea superior a 200 por cada 100.000 habitantes, se determinará el cierre territorial perimetral de la Comunidad Autónoma, así como la limitación de la movilidad nocturna entre las 22.00 horas.
El Lehendakari, Iñigo Urkullu, ya anunció ayer que en el decreto, que él mismo firmará, no se incluirán aquellas medidas que no hayan sido avaladas por el Tribunal vasco. De esta forma, pretende soslayar la interposición de recursos a las restricciones del Ejecutivo que lleve a "periodos de indecisión e incertidumbre" y que pueden suponer "la pérdida de efectividad" de las restricciones decretadas.