La Audiencia Nacional rechaza suspender las restricciones en Madrid
Ha rechazado la medida cautelarísma que pidió un abogado
No concurren las razones de especial urgencia que se exigen
La Audiencia Nacional ha rechazado este lunes la medida cautelarísma que pidió un abogado, Curro Nicolau, de paralizar la orden del Ministerio de Sanidad que acordó medidas restrictivas para diez municipios de la Comunidad de Madrid, entre ellos la capital, para atajar los contagios por la covid.
En un auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo explica que en este caso no concurren las razones de especial urgencia que exige la doctrina para adoptar una suspensión de la orden ministerial sin escuchar a la otra parte, la Abogacía del Estado, como establece la medida cautelarísma.
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La Audiencia recuerda que para adoptar esta medida se exigen circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia excepcional o extraordinaria de mayor intensidad que la normalmente exigible para la adopción de las cautelares, que son las medidas que ha pedido la Comunidad de Madrid en el recurso que interpuso después que este abogado y que fue admitido a trámite el pasado sábado.
El TSJM abre el plazo para ratificar las restricciones tras la entrada del escrito de la Abogacía de la Comunidad
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha abierto el plazo de tres días para deliberar sobre la ratificación de las restricciones de movilidad acordadas por el Consejo Interterritorial de Salud y recogidas por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) tras la entrada esta mañana del escrito de la Abogacía del Gobierno regional, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
Hasta que no haya aval judicial, el Gobierno regional no podrá imponer sanciones a los ciudadanos que no cumplan con las restricciones de movilidad impuestas sino que habrá controles informativos.
Tras la entrada del escrito, la Sala Octava de lo Contencioso-Administrativo tendrá tres días para deliberar sobre si ratifica o no las restricciones impuestas por el Gobierno que implican un confinamiento perimetral de la ciudad de Madrid y de nueve municipios madrileños.
Madrid tiene diez días de plazo para presentar sus alegaciones, que tendrán que sopesarse en el plazo de cinco días por parte de los magistrados para deliberar sobre la impugnación.
En su recurso, el Gobierno regional alegó que las restricciones invaden las competencias de la Comunidad de Madrid y son propias de un estado de alarma, censurando que sean "contraproducentes" al poder generar más contagios.