Batalla entre la justicia e Igualdad por la ley del sí es sí: el CGPJ defiende a los jueces y esto dicen los expertos
La impulsora de la ley, la ministra de igualdad, Irene Montero, señala a los jueces como los únicos culpables de cómo se está aplicando la ley
El CGPJ ha expresado su "más firme repulsa" a los "intolerables ataques" vertidos contra los jueces que están revisando condenas en aplicación de la conocida como "ley del solo sí es sí"
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Los mensajes que lanza el gobierno sobre la ley del sí es sí son contradictorios. La impulsora de la ley, la ministra de igualdad, Irene Montero, señala a los jueces como los únicos culpables de cómo se está aplicando: "Nos preocupa que haya jueces que no apliquen las leyes feministas porque eso puede dejar en la impunidad a los agresores".
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Irene Montero defiende que no hay que modificar la ley, pero desde el propio Ejecutivo le responden. La ministra de Defensa, Margarita Robles, sale en defensa de los jueces con una frase rotunda, "yo no acepto nunca descalificaciones a los jueces", y defiende también al contrario que Montero estudiar una modificación si los efectos de la ley no son los deseados. Mientras, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, defiende la ley como un hito y pide calma.
La ministra de Educación, Pilar Alegría, es de la misma opinión que Margarita Robles y cree que "si hay que modificar aspectos de la ley habrá que abordarlo". Y la oposición habla ya de chapuza y negligencia. Los populares, de hecho, llevarán una moción al Senado la semana que viene para que por la vía de urgencia se modifique la ley.
Las advertencias que Igualdad niega
Desde el ministro de igualdad impulsor de la ley sí es sí, se mantienen firmes en responsabilizar a algunos jueces de su revisión machista de condenas por delitos sexuales. Antes de su aprobación penalistas y juristas, como la asociación Themis advirtieron que la rebaja de penas según el supuesto de agresión sexual, llamaría a la revisión de condenas. Desde el poder judicial insisten en que advirtieron hace un año del riesgo de modificar las penas máximas, aunque algunas fuentes dicen que no se precisó lo suficiente. Fuentes jurídicas consultadas consideran que la ley del sí es sí debe reformarse, aunque no afectaría a los casos que ya pueden pedir revisión de condena.
Joaquín Bosch, magistrado, aclara a Informativos Telecinco, que "no se ha producido interpretación machista de la ley. Hay discusiones interpretativas en cómo debe aplicarse una reforma. Hay quien considera que hay que aplicar la pena más baja y otras interpretaciones valoran que la pena más baja no es aplicable si el conjunto de la reforma permite una condena parecida a la anterior (teniendo en cuenta las disposiciones transitorias). Desde el gobierno se confiaba en una interpretación que no provocara la revision de penas. Puede hacer una norma transitoria que interprete de otra manera cómo debe aplicarse". Desde Jueces para la Democracia, María del Mar Prado, se deja claro que "hay que acudir a la norma general del proceso penal que es aplicar siempre lo más beneficiado para el condenado".
María Jesús del Barco, decana de los Jueces de Madrid, señala que "se ha rebajado el límite máximo por arriba y eso en algunas ocasiones supone rebajar la pena impuesta, no existe alternativa". Los jueces no reinterpretan la ley sino que hacen cuentas.
La unificación de los delitos de abuso y violación es la causa de la rebaja de penas a violadores, según juristas
La unificación de los delitos de abuso y agresión en un solo tipo delictivo en la Ley de Garantías de la Libertad Sexual, más conocida como Ley de 'solo sí es sí', es el motivo por el que se han rebajado las penas a violadores a los que se están revisando sus condenas, según han explicado varias juristas a Europa Press. Tal y como ha indicado la magistrada Lara Esteve, al unirse los dos tipos delictivos en un solo tipo, la agresión, el tipo básico de agresión que se recogía en la ley anterior al 'solo sí es sí' "reduce el límite máximo de la pena": pasa de 1 a 5 años en la antigua normativa, a 1 a 4 años con la nueva legislación. También se modifican las penas, según ha indicado Esteve, en el caso de la agresión sexual con penetración, aunque en este caso el mínimo, ya que antes este delito, en su tipo básico, era de 6 a 12 años, mientras que en la nueva norma es de 4 a 12 años.
Del mismo modo, ha señalado que en los diferentes agravantes que pueden suponer una pena mayor sobre el delito de tipo básico --si los hechos los cometen dos o más personas, si hay una situación de vulnerabilidad o el agresor es cónyuge o excónyuge de la víctima, entre otras-- "la regla general en la mayor parte de las conductas es la reducción de la pena salvo algunas excepciones", en relación a la normativa que estaba en vigor anteriormente. Y también ha mencionado que en el apartado de agresiones sexuales a menores 16 años, "se crea un atenuante al agresor que antes no se contemplaba", así como "un subtipo agravado pero con pena inferior" a lo antes establecido.
El CGPJ defiende a los jueces de los ataques de Igualdad: Aplican la ley
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha expresado su "más firme repulsa" a los "intolerables ataques" vertidos contra los jueces que están revisando condenas por delitos sexuales en aplicación de la conocida como "ley del solo sí es sí", y ha defendido que los magistrados únicamente están aplicando la norma. La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces sale así al paso de las críticas por parte de diferentes dirigentes del Ministerio de Igualdad, que han achacado la revisión a la baja de condenas a agresores sexuales a interpretaciones machistas de la ley por parte de los magistrados.
En un comunicado, al que se ha adherido la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, el CGPJ afirma que "este tipo de actuaciones" por parte de "algunos responsables políticos" minan la confianza de las víctimas en las administraciones y, en concreto, en la justicia, "aumentando su desprotección".
Después de que el martes saliesen a la luz algunas reducciones de condena a agresores sexuales en aplicación de la "ley del solo sí es sí", desde el Ministerio de Igualdad, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell, hizo una férrea defensa de la norma y atribuyó las modificaciones de penas a una lectura "reaccionaria y sorprendente" por parte de los jueces.
El CGPJ fue muy crítico con el anteproyecto de Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, "se contraponen con el acreditado compromiso de la Carrera Judicial con la protección de las víctimas de los delitos contra la libertad sexual". Preguntada por los periodistas en el Congreso sobre este comunicado, Rosell ha señalado que no lo había leído porque estaba compareciendo en comisión, pero ha añadido: "Todavía no ha hablado el Tribunal Supremo. Me parece una falta de respeto avanzar desde un órgano de gobierno lo que vaya a decir el Supremo en recurso y me parecería muy mal que les estuvieran presionando". El Consejo señala en su comunicado que tanto la Constitución como el Código Penal recogen la aplicación de la norma más favorable y que esta última ley establece el "efecto retroactivo" de aquellas leyes penales que favorezcan al condenado.
Por tanto, dice el CGPJ, las resoluciones judiciales que se han conocido en los últimos días y que rebajan las condenas a agresores sexuales son el resultado de "la aplicación estricta de estos preceptos por parte de los miembros del poder judicial, sometidos únicamente al imperio de la ley". Y recuerda además que el CGPJ ya advirtió en su informe contrario al anteproyecto que "el cuadro penológico contemplado" para los delitos de agresiones sexuales "suponía una reducción del límite máximo de algunas penas" y avisó además de que "la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente".
Desde el CGPJ señalan que esta situación es la que advirtió en su informe preceptivo a la Ley de 'solo sí es sí', en el que señalaban que el cuadro penológico contemplado en la norma para los delitos de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII del Código Penal suponía "una reducción del límite máximo de algunas penas" y concluía que esta decisión "comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente". Según han explicado, aunque en este texto se hable de penas máximas, en proporción, se rebaja toda la graduación y aquellos que han sido penados con condenas que en el antiguo Código Penal eran mayores, ahora podrán ver reducida sus penas con la revisión.