El TSJM respalda la prohibición de las marchas del 8M: "Prima el derecho a la salud"
Los jueces respaldan la prohibición de las marchas del 8M por salud pública
En este conflicto, prima el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas"
Comisión 8M denuncia el "ataque" a las mujeres tras la decisión del TSJM y recuerda que se han "adaptado" a la pandemia
No hay cambios. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) mantiene la prohibición de las concentraciones y manifestaciones del 8M acordadas por la Delegación del Gobierno por razones de salud pública ante la pandemia, tras rechazar tres de los recursos planteados contra esta medida.
Frente a las alegaciones de que la prohibición conculcaba el derecho de reunión y suponía una discriminación por razón de género, el alto tribunal madrileño considera que en este conflicto prima el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" ante el grave riesgo que supone para todos la covid-19.
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Según ha informado el tribunal, los tres recursos rechazados fueron interpuestos por el Consejo de la Mujeres de la Ciudad de Madrid y el Fórum de Política Feminista de Madrid; Feministas del Barrio de Fuencarral-El Pardo y Camila Banderas Briceño, convocantes de diversos actos que iban a tener lugar este domingo día 7.
Hoy domingo, el TSJM notificará el resto de las resoluciones correspondientes a otros seis recursos presentados contra la decisión de la Delegación del Gobierno (entre ellos los del Movimiento Feminista de Madrid, la Comisión 8M y los sindicatos UGT y CCOO) y cuyas vistas se han celebrado este sábado por la tarde en relación a actos similares convocados para el lunes día 8 de marzo.
La Fiscalía de la Comunidad de Madrid había solicitado este sábado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que mantuviese la prohibición acordada por la Delegación del Gobierno ante el "riesgo" que supone para la salud pública la celebración de este tipo de actos.
Sostuvo también la Fiscalía que la razón que llevó a la Delegación del Gobierno a prohibir las concentraciones se basa, asimismo, en la normativa propia del estado de alarma.
En las tres sentencias notificadas, el tribunal rechaza las alegaciones de que la prohibición de concentraciones y manifestaciones con motivo del 8M supongan una discriminación por razón de género, "habida cuenta de que los motivos básicos de denegación de la concentración se centran en razones de salud pública".
Y estas razones, añaden los magistrados de la Sección 10ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, "no han resultado desvirtuadas" en los recursos analizados contra las resoluciones de la Delegación del Gobierno.
También rechaza el Tribunal Superior que exista elemento alguno que permita vislumbrar que las prohibiciones de las concentraciones o manifestaciones se hayan basado "implícitamente en razones distintas de las razones de salud pública que preocupan a todos los ciudadanos y ciudadanas por igual".
En las sentencias, los magistrados valoran que la situación de la Comunidad de Madrid sigue siendo "de riesgo extremo" a pesar de la mejoría de los datos epidemiológicos, y los llamamientos de distintas autoridades naciones y regionales para evitar las concentraciones en Madrid a causa de la covid-19.
En sus argumentos, las sentencias citan un informe del Consejo General de Colegios de Médicos que desaconseja la asistencia a estas concentraciones por el riesgo que implican para la salud pública de la población en general.
"En las circunstancias actuales, y ante las condiciones en que se pretende el ejercicio del derecho fundamental de reunión cuya tutela se demanda, estima esta sala que dicho ejercicio entra en conflicto con bienes y valores constitucionales como la salud pública, y más concretamente, la salud, la integridad física y la vida de las personas, que deben prevalecer frente aquel", explica una de las resoluciones judiciales.
Comisión 8M denuncia el "ataque" a las mujeres tras la decisión del TSJM y recuerda que se han "adaptado" a la pandemia
La Comisión 8M cree que "es imposible" no ver la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de mantener la prohibición de las concentraciones por el Día Internacional de la Mujer en la comunidad "como un ataque a las mujeres".
"Las mujeres de la Comisión 8M nos hemos adaptado, como no podía ser de otra manera al contexto de pandemia. Hemos acatado restricciones, hemos sido propositivas, hemos dado alternativas y nos hemos organizado en concentraciones que cumplen con todas las garantías sanitarias establecidas en los propios informes de la Delegación de Gobierno", denuncian.
En los autos del Tribunal, los magistrados consideran que, en este caso, el derecho de reunión entra en conflicto con valores constitucionales como la salud pública, una "colisión" que a juicio de la organización feminista es "una quimera".
En este sentido, señalan que "no hay que elegir entre derechos", sino que "son las autoridades las que tienen que garantizar que los derechos no se vulneran".