Asturias recomienda evitar cualquier actividad familiar o social que no sea considerada fundamental
"Se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social"
"El riesgo cero de transmisión de la COVID-19 no existe"
La nueva resolución asturiana estará vigente hasta el próximo 23 de abril
La nueva resolución de la Consejería de Salud del Principado de Asturias dedica un capítulo a la limitación de la actividad social y al aplazamiento de las actividades no fundamentales.
"Se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada fundamental y que pudiera ser postergable", señala la resolución, publicada este viernes y consultada por Europa Press.
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"El riesgo cero de transmisión de la COVID-19 no existe y, por ello, aquellas actividades que no sean consideradas imprescindibles por los diferentes sectores u organizaciones deberían ser aplazadas hasta que mejore la situación epidemiológica", añade.
Así, Salud recomienda a la ciudadanía que limite su participación en encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable (burbuja social). También pide disminuir la movilidad entre diferentes zonas de Asturias.
Mascarillas y reuniones
En cuanto a la utilización de mascarilla, la resolución firmada por el consejero de Salud, Pablo Fernández, establece que es "obligatoria" en las reuniones de ámbito público.
"En las reuniones en el ámbito privado, si se trata de un solo grupo de convivencia estable, no será obligatorio el uso de la mascarilla, pero sí lo será cuando haya personas ajenas a un único grupo de convivencia", añade en el mencionado capítulo.
Hasta el 23 de abril
La nueva resolución asturiana con medidas que buscan evitar el contagio de COVID-19, que anula a la anterior, estará vigente hasta el próximo 23 de abril.
En la nueva norma, el Gobierno asturiano flexibiliza determinados aspectos. Así, a partir de este sábado permite ampliar el horario en el sector hostelero, así como la reapertura del sector de hoteles y alojamientos turísticos.
También se retomarán las actividades de guía turística y de animación, siempre que se desarrollen, como máximo, en grupos de 15 personas en interiores y de 25 en exteriores. Los mismos límites se aplicarán para las visitas a monumentos, cuevas y yacimientos arqueológicos, así como en bibliotecas, museos, archivos o salas de exposiciones, entre otras.