Declaración Renta 2022-23: ¿Qué nuevas casillas debes conocer?
La declaración de la Renta 2022-23 incluye casillas específicas para el bono cultural o las ayudas al alquiler
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La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2022, se prolongará entre el 1 y el 30 de junio de manera ordinaria, pero previamente, desde este martes 11 de abril se pueden presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes. Este año, el formulario viene con novedades que obligan a los contribuyentes a estar atentos a su cumplimentación.
Como siempre, los expertos recuerdan que antes de confirmar el borrador de nuestra declaración de la Renta tenemos que estar muy pendientes de todos los datos que recoge sobre nuestros ingresos, datos personales y deducciones, especialmente las de carácter autonómico.
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Las ayudas recibidas durante la crisis energética o por el alquiler cuentan con casillas para consignarlas
Desde principios de año, la Agencia Tributaria ha dado a conocer las principales novedades que se incluyen este año en la declaración de la renta correspondiente a los ingresos y gastos generados a lo largo de 2022. Estas son las casillas a tener en cuenta.
Casilla 356 por la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.
Se trata de una ayuda denominada "Línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio", que estableció el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma (BOE de 26 de junio), con la finalidad de paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania.
La declaración de esta ayuda se debe efectuar en el epígrafe F1 (Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales).
Casilla 301 por el beneficio del "Bono Social Térmico"
En este epígrafe se han de consignar las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas. Entre ellas ellas está el "Bono Social Térmico", ayuda creada por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores (BOE de 6 de octubre), dirigida a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.
La declaración de esta ayuda se debe efectuar en el epígrafe F1 (Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales).
Casilla 323 y 304 por el Bono Cultural Joven. se trata de una ayuda creada por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (BOE de 29 de diciembre).
El importe del bono que se haya disfrutado constituye para sus beneficiarios una ganancia patrimonial no sujeta a retención.
La declaración del importe utilizado del bono en la adquisición de productos y servicios culturales se efectuará en el epígrafe F1 (Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales).
Hay que tener en cuenta que cuando se trate de bonos culturales concedidos por Comunidades Autónomas o entidades locales, su importe deberá consignarse en la casilla [0304].
Casilla 1626 para declarar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales. Se trata de un cambio que pretende facilitar la cumplimentación de estos apartados.
Esta modificación no supone un cambio en la forma en que se declaran las criptomonedas, sino que se trata de un simple desglose de las ganancias y pérdidas patrimoniales en tres apartados: inmobiliario, monedas virtuales y otros.
Además de las casillas citadas, habrá otras para consignar las aportaciones a los planes privados de empresa así como las efectuadas por los propios contribuyentes a otros planes de pensiones particulares.