Los asesinatos de Almonte sin culpable tras confirmar el TSJA la absolución del único acusado
Francisco Javier Medina seguirá libre y no se sentará de nuevo en el banquillo de los acusados. Los asesinatos de María, de ocho años, y su padre, seguirán sin culpable. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce que a pesar de las "dudas sobre lo realmente sucedido en el crimen de Almonte", no pueden anular la sentencia que lo absolvió. “Con tales indicios habría sido posible un veredicto de culpabilidad que no podría haber sido combatido”. “No había prueba de cargo pero sí base probatoria para una condena”. Con estas conclusiones, ¿por qué no repiten el juicio?
La decisión del jurado popular valoró un único contraindicio por delante de muchos indicios pero el TSJA dice que ese contraindicio es suficiente para crear incertidumbre, aunque se trate de la exnovia del acusado que le dio cortada. El jurado dudó de la prueba de ADN y el Tribunal explica que hizo bien en aplicar el in dubio pro reo, en caso de duda beneficiar al preso. En opinión de los tres jueces del TSJA el veredicto tuvo la explicación suficiente. Los magistrados no hablan de si es o no una sentencia justa aunque se entiende que ese debería ser el fin, y que en la búsqueda de ese objetivo deberían haber trabajado. La decisión de no repetir el juicio es otro varapalo para la familia de las víctimas. Marianela, madre de María y mujer de Miguel Angel, seguirá luchando en el Tribunal Supremo. Su defensa se ha puesto manos a la obra en cuanto han recibido la resolución del TSJA.
Los tres jueces dicen que su labor no es analizar si Francisco Javier Medina tuvo tiempo de cometer los asesinatos (una de las cuestiones capitales), y admite que el jurado pudo valorar mal el tiempo necesario para dar 100 puñaladas a María y 50 a Miguel Ángel. Esgrimen que los nueve del tribunal popular, pudieron equivocarse al creer a la única testigo que da una coartada, la exnovia de Medina, que por primera vez apareció en el juicio con la nueva versión de los hechos que situaba a su amigo en el Mercadona en el momento del crimen. El jurado tuvo en cuenta ese testimonio frente a otros dos que lo vieron fuera del local o siete que no le vieron en el supermercado a la hora de los asesinatos. El Tribunal no ve incompatible ese siete contra uno y admite como válida la decisión popular al no haber sido visto Medina en la escena del crimen.
Sobre si su ADN estaba en unas toallas porque se lavó las manos el día del crimen, o por transferencia, y si era suficiente para condenarlo dicen los jueces, “si las dos hipótesis son posibles no es irracional la elección del jurado de no considerarlo una prueba y aplicar el in dubio pro reo”. ¿Pero las dos hipótesis son posibles? En esa cuestión no entran a valorar que el informe de un perito pagado por la defensa se ponga al mismo nivel que cuatro informes hechos por el organismo oficial, el Instituto de Toxicología. Es más, hubo varios recursos de la defensa durante la instrucción y no sólo contestó el juez instructor, contestaron los mismos jueces del TSJA y decidieron que Medina no debía salir de la cárcel porque era presunto culpable y los informes de ADN contundentes. Concluían que no había habido transferencia en las toallas, los restos epiteliales, de piel de Medina, tenían que haber llegado a allí por contacto directo.
En conclusión en 12 hojas el Tribunal aclara que su misión es analizar la motivación del jurado y la consideran suficiente. Por lo tanto dan por válida la explicación de los jurados que concluyeron que había dudas razonables, no existía prueba de cargo y era 'poco probable' que el acusado cometiera los crímenes.