José Ortega Cano se va habituando a su nueva vida. Aunque según ha trascendido se ha podido ver al diestro llorando en el centro penitenciario, Ortega poco a poco se está adaptando a la prisión. Según ha revelado Antonio Rossi, Ortega tiene altibajos anímicos pero transmite que está mejor de lo que se esperaba y que la estancia no está siendo tan dura como él pensaba que iba a ser.
Los abogados de Ortega temen por su vida tras ver los informes médicos
Dos semanas después del ingreso en prisión de Ortega Cano, 'El programa de Ana Rosa' ha tenido acceso en exclusiva al escrito presentado por Enrique Trebolle, su abogado, días antes de su entrada en la cárcel de Zuera. En ese informe, los abogados exponen que la salud de Ortega Cano es delicado y temen por su vida por lo que solicitan la suspensión de la pena privativa de libertad.
El escrito fue presentado por el abogado de Ortega Cano el 7 de abril y se apoya en tres infórmes médicos. En el primero de los informes, firmado por un especialista en cardiología, se explica que Ortega Cano es portador de una fibrilación auricular permanente con riesgo de embolia, motivo por el que está anticoagulado con Sintrón. En el segundo de los informes aportados por la defensa de Ortega Cano, se dice que al diestro se le ha diagnosticado una enfermedad coronaria extensa con múltiples lesiones. Por último, un informe del servicio de radiodiagnóstico del Hospital Royo Vilanova de Zaragoza expone que el diestro tiene múltiples placas cálcicas en el árbol coronario, que serían de alto riesgo de enfermedad coronaria. Por todo esto, se apela al artículo 80 del código penal párrafo cuarto que se refiere a enfermedad muy grave con padecimientos incurables y dice que de producirse el encarcelamiento podría conllevar una situación de irreversibilidad vital, por lo que se solicita que se realice un informe médico forense a la mayor brevedad y que dependiendo de este se apruebe la aplicación del artículo citado y la suspensión de la pena de privación de libertad.
En respuesta a este escrito, el juzgado de lo penal número 6 de Sevilla daba respuesta a esta solicitud y no accedía a la suspensión del plazo concedido al penado hasta que no sea visto por la Clínica médico forense.