La empresa y el trabajador deberán acordar y dejar por escrito los detalles de las rutinas y de las compensaciones económicas a las que tiene derecho un empleado durante el teletrabajo. Así lo establece el anteproyecto de ley que hizo público el pasado viernes el Ministerio de Trabajo. Este primer borrador contempla que ese contrato de trabajo a distancia también deberá fijar una lista de herramientas que precisará el empleado para ejercer y explicita que su coste siempre deberá correr a cargo de la empresa.
La empresa tiene que pagar el teletrabajo, por lo que tendrá que hacerse cargo de gastos como el teléfono móvil o la luz que gaste el trabajador al desempeñar su trabajo de manera directa o indirecta durante el desempeño de su actividad laboral.
Además, no podrá haber control invasivo y la empresa no debe saber en qué momento estás conectado. Además, existe el derecho a la desconexión.
En la letra pequeña de este anteproyecto de ley, se especifica que los becarios y contratos en prácticas no pueden teletrabajar.
La empresa y el trabajador deberán acordar el horario. Además, el salario y las condiciones no pueden cambiar: Se tendrán los mismos derechos y sueldo que si la persona estuviera en su puesto de trabajo.