Pepa no puede pedir una reducción de su jornada laboral ya que no está al amparo del Estatuto de los Trabajadores. Al ser ejecutiva, se le aplica el Real Decreto 13/82 de 1985 que regula la relación especial de los altos directivos. En el reglamento, no se considera parte débil al trabajador sino que ambos, empresario y alto directivo, están en condiciones de igualdad por tanto, no existe protección a los trabajadores a la que pueda acogerse.