El art. 146 del Código Civil establece la obligación de proporcionar alimentos entre ascendientes y descendientes, y la cuantía depende de las necesidades del que lo pide y la cuantía del que los da. Por tanto, Darío Jurado no obliga a César a vivir con sus padres, pero si a pagarle 200€ mensuales hasta que Julián comience a cobrar su pensión.