Darío Jurado le explica a Toñi que ha venido a ‘De buena ley’ con una petición equivocada, debería haber pedido que no valiera el poder que le dio a su hermana porque no le contó exactamente para que era. Pero, centrándonos en el caso, le letrado explica que el art. 400 del Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a vivir en una comunidad de bienes y que ambos podrían vender su parte, pero en este caso ninguna de las dos tiene dinero para hacerlo. Darío Jurado les da un año de plazo para intentar encontrar un comprador y sino tendrán que donar sus bienes.