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De buena ley

La sentencia de don Gustavo Larraz

telecinco.es 30/05/2013 16:09

La obligación de alimentos entre parientes está establecida en el Código Civil, pero Antonia debería haber demandado a su hija porque es la persona a la que le correspondería la obligación de proponerle alimentos. Por lo tanto, Esther no tiene por qué mantener a su abuela.