18 años de cárcel: 37 páginas de sentencia y sólo 1 folio de hechos probados
Este es el relato de hechos probados que el juez se vio obligado a hacer tras el veredicto del jurado:
"DE COMUN ACUERDO, LE SUMINISTRARON LORAZEPAM, REPETIDAMENTE DESDE AL MENOS TRES MESES ANTES DE SU MUERTE"
El juez recoge el razonamiento del jurado basado en los testimonios de los profesores y los análisis científicos que demostraron, por el pelo, que Asunta había consumido lorazepam 3 meses antes de morir, y nunca antihistamínicos. Además, dice el juez que eso descarta la tesis de las defensas de una tercera persona que, antes de matar a Asunta, le suministrara más de 27 pastillas. El magistrado habla de los intentos por parte de la defensas de introducir al hombre cuyo semen cayó en la camiseta de Asunta por error en el laboratorio, e incluso al pederasta de Ciudad Lineal en Madrid que llegó a drogar a varias víctimas con orfidal.
"EN UN PLAN ACORDADO, ALFONSO RETIRÓ EN ESE PERIODO, AL MENOS 125 COMPRIMIDOS DE ORFIDAL DE UNA FARMACIA DE SANTIAGO"
"EL 21 DE SEPTIEMBRE PUESTOS DE COMÚN ACUERDO PARA ACABAR CON LA VIDA DE SU HIJA, COMIERON CON ELLA Y LE SUMINISTRARON UNA CANTIDAD TÓXICA DE LORAZEPAM PARA LUEGO ASFIXIARLA"
Tuvo que ser durante la comida familiar porque quedó probado que murió entre 3 y 4 horas después de comer y para entonces ya tenía en sangre una cantidad de lorazepam que hace imposible que se los administraran a las 19 horas, cuando Rosario asegura que dejó a su hija en Santiago. Y tampoco se lo pudieron dar después de salir de casa de su padre cuando estaba con su madre, como sugirió Alfonso Basterra.
“ROSARIO PORTO SIGUIENDO EL PLAN ACORDADO CON ALFONSO LLEVÓ A SU HIJA A LA CASA FAMILIAR DE TEO"
En este punto el juez no habla para nada de, si Alfonso Basterra iba en el coche de su mujer camino de la finca, como dedujeron los jurados. Sí lo hace cuando dice que:
"EN UN MOMENTO ENTRE LAS 18:33 Y LAS 20:00, LOS DOS ACUSADOS LA ASFIXIARON. ANTES DE SU MUERTE LA ATARON CON UNAS CUERDAS NARANJAS"
Lo que explica el juez es que la coartada de Basterra para esa tarde se rompió con la testigo que le vio en la calle con Asunta pasadas las 18 horas. Eso demuestra que mintió al decir que no salió de casa. Y aunque no hay pruebas de que fuera a la finca; "EL SILENCIO DEL ACUSADO PUEDE SERVIR PARA CORROBORAR SU CULPABILIDAD", según la jurisprudencia del Supremo.
Para el juez es buena la deducción del jurado de que las cuerdas naranjas encontradas junto al cadáver y en la papelera de Teo son iguales, porque Rosario las intentó esconder y porque no supo explicar para qué las usaban en casa…
Por todo ello considera que Asunta no pudo defenderse de la agresión de sus padres.
El juez pone de manifiesto de antemano "LA DIFICULTAD QUE ENTRAÑA ESTE CASO ANTE LA AUSENCIA DE PRUEBA DIRECTA DE LOS HECHOS ENJUICIADOS, SOBRE TODO, DICE PARA LOS JURADOS". El ponente explica que su labor es complementar la motivación ofrecida por el jurado y "a falta de pruebas de cargo, la prueba indiciaria es válida".
A nuestro juicio, las lagunas del veredicto que situaba a Alfonso Basterra en el vehículo con Rosario y Asunta camino de la finca de Teo, y no explicaba cómo Alfonso regresaba a su casa después de asfixiar a su hija, se acrecientan en esta sentencia. El juez, sabedor de que no podía poner a Alfonso en el coche al no haber pruebas, y obligado a respetar el "indubio pro reo", en caso de duda siempre a favor del reo, lo empeora. No sitúa claramente a Alfonso en el coche pero sí en la finca de Teo asfixiando a su hija junto a su ex mujer. Después no explica cómo Basterra vuelve de la finca a su casa donde le situó el teléfono antes de que Rosario saliera de la finca con el cuerpo de su hija. No describe cómo Rosario sacó el cuerpo de su hija ni cuándo, para llevarlo a la pista donde fue encontrado. Un relato de hechos pobre e impreciso de apenas un folio, en una sentencia de tan sólo 31 páginas. Un relato peligroso de cara a los futuros recursos que los abogados de los acusados, ya preparan.